MinDeporte ordenó a la Federación Colombiana de Fútbol modificar el estatuto del jugador
En el marco del lío jurídico y monetario entre Atlético Nacional y Deportivo Cali, quien le adeuda al club antioqueño más de $600 mil dólares, lo que a su vez le impide la inscripción de nuevos jugadores hasta que cancele el monto de la deuda, MinDeporte salió en defensa del cuadro azucarero.
En el marco del lío jurídico y monetario entre Atlético Nacional y Deportivo Cali, quien le adeuda al club antioqueño más de $600 mil dólares, lo que a su vez le impide la inscripción de nuevos jugadores hasta que cancele el monto de la deuda, MinDeporte salió en defensa del cuadro azucarero.
En cumplimiento de sus facultades constitucionales y legales, el Ministerio del Deporte, a través de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control (IVC), expidió requerimiento a la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) para que ajuste el Estatuto del Jugador y el Código Único Disciplinario, conforme a lo resuelto por parte de la Corte Constitucional y la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
Dando alcance al oficio bajo radicado No. 2024EE0001090, del 24 de enero de 2024, la Dirección Técnica de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Deporte solicitó ajustar lo señalado en el numeral 4 del artículo 21 del Estatuto del Jugador de la FCF, teniendo en cuenta que ya no se podrá sancionar con la»Prohibición de efectuar transferencias o inscripción de jugadores por periodos determinados», en virtud de la protección de los derechos fundamentales de quienes practican fútbol a nivel profesional, la dignidad humana, el trabajo, la libertad de escoger profesión u oficio y el libre desarrollo de la personalidad.
En tal sentido, corresponderá a la Federación Colombiana de Fútbol realizar los ajustes correspondientes solicitados, incluido el artículo 32 del mismo Estatuto del Jugador, a fin de que se permita la transferencia de deportistas, independientemente de la existencia de deudas u obligaciones pendientes entre los clubes profesionales.
De igual manera, se informa que la División Mayor del Fútbol Profesional Colombiano (Dimayor), como entidad que hace parte de la estructura funcional de la Federación Colombiana de Fútbol, en adelante será sujeto de inspección, vigilancia y control por parte del Ministerio del Deporte.
Cabe recordar que el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 181 de 1995, el Decreto Ley 1228 de 1995, el Decreto 1085 de 2015, la Ley 1967 de 2019 y el Decreto 1670 de 2019; faculta a esta Cartera a ejercer labores de inspección, vigilancia y control a todas las Federaciones Deportivas reconocidas dentro del Sistema Nacional del Deporte.
Noticias relacionadas
(ANÁLISIS) La “tregua” de las disidencias y la sombra del constreñimiento electoral en zonas de influencia. Lo que hay detrás
El anuncio de una tregua temporal por parte de las disidencias de las Farc comandadas por alias…
Sebastián López pidió auditoría al CNE y cuestionó financiación de campaña de Iván Cepeda
El exconcejal de Medellín solicitó una revisión, “ojalá internacional”, sobre los reportes de…
Paloma Valencia presentó en Santander propuestas sociales sobre subsidios, vivienda y empleo juvenil
La candidata presidencial anunció en Floridablanca iniciativas dirigidas a madres cabeza de hogar,…