Gobierno expidió decreto con estrictas medidas de orden público para la segunda vuelta presidencial del 21 de junio
A pocos días de la jornada definitiva en las urnas, el Ejecutivo nacional oficializó un paquete de disposiciones para garantizar la seguridad, la transparencia y el normal desarrollo de las elecciones. Las medidas incluyen ley seca, restricciones al uso de celulares en puestos de votación y cierre de fronteras.
Con el objetivo de blindar la segunda vuelta presidencial del próximo 21 de junio de 2026, el Gobierno Nacional promulgó el Decreto 0612 del 16 de junio, mediante el cual establece un conjunto de disposiciones orientadas a preservar el orden público en todo el territorio nacional antes, durante y después de la jornada electoral.
El documento oficial, que forma parte de la estrategia institucional para garantizar unas elecciones seguras, establece que “se dictan medidas para la conservación del orden con ocasión de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia” , dejando claro el alcance nacional de las restricciones.
Una de las medidas más relevantes es la aplicación de la ley seca. Según el decreto, “se prohíbe la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 p.m. del sábado 20 de junio hasta las 12:00 m. del lunes 22 de junio”. Además, se advierte que las autoridades locales podrán ampliar esta restricción si lo consideran necesario para evitar alteraciones del orden público.
En materia de propaganda electoral, el Gobierno fue enfático en señalar que el día de las elecciones “queda prohibida toda propaganda política y electoral en radio, televisión, prensa, vehículos, vallas, afiches y otros medios”. A esto se suma la restricción de difundir encuestas o proyecciones durante la jornada, con el fin de evitar influencias indebidas en el electorado.
Otro de los puntos clave es el uso de dispositivos electrónicos en los puestos de votación. El decreto establece que “no se podrán usar celulares, cámaras fotográficas o de video dentro de los puestos de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.”, con la única excepción de mostrar la cédula digital. Sin embargo, periodistas acreditados y organismos de control sí podrán hacer uso de estos equipos en cumplimiento de sus funciones.
Asimismo, se limitaron las reuniones políticas, que desde el 16 hasta el 22 de junio solo podrán realizarse en recintos cerrados, una medida que busca prevenir posibles disturbios en espacios públicos durante los días más sensibles del proceso electoral.
En cuanto a la logística electoral, el decreto también regula la labor de los testigos electorales, quienes podrán ingresar desde las 7:00 a.m., pero con restricciones en el uso de dispositivos electrónicos durante la votación. Tras el cierre de urnas, podrán utilizarlos para vigilar los escrutinios.
El Gobierno también ordenó garantizar la continuidad de los servicios de internet y telecomunicaciones, señalando que “se prohíben interrupciones generalizadas o bloqueos indiscriminados de plataformas digitales”, en un esfuerzo por asegurar el flujo de información y la transparencia.
En materia de movilidad, se instruyó a las empresas de transporte público a operar con su máxima capacidad, mientras que las autoridades locales podrán habilitar rutas especiales para facilitar el desplazamiento de los votantes. De igual forma, el decreto es claro en que “no podrá prohibirse la circulación de motocicletas, incluso con acompañante”, salvo casos excepcionales.
Finalmente, se ordenó el cierre de fronteras terrestres y fluviales entre el 20 y el 22 de junio, con excepciones por fuerza mayor, y se establecieron medidas especiales de protección para periodistas, funcionarios electorales y observadores.
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