Defensoría pidió al Consejo de Estado mantener decreto que estableció el salario mínimo para 2026
La Defensoría del Pueblo presentó ante el Consejo de Estado una intervención dentro del proceso de acción de nulidad interpuesto contra el Decreto 1469 de 2025, norma mediante la cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo para el año 2026. La entidad solicitó al alto tribunal mantener la validez de la medida, argumentando que …
La Defensoría del Pueblo presentó ante el Consejo de Estado una intervención dentro del proceso de acción de nulidad interpuesto contra el Decreto 1469 de 2025, norma mediante la cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo para el año 2026. La entidad solicitó al alto tribunal mantener la validez de la medida, argumentando que el decreto se ajusta a los parámetros constitucionales y legales que regulan la fijación de la remuneración mínima en el país.
Según la Defensoría, detrás de las decisiones relacionadas con el salario mínimo existen millones de realidades sociales y económicas. Señaló que este ingreso representa el sustento de madres y padres cabeza de hogar, jóvenes que comienzan su vida laboral y trabajadores que dependen de esa remuneración para garantizar necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación y salud para sus familias.
La intervención fue presentada por la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 282 de la Constitución Política y en el artículo 5 del Decreto Ley 25 de 2014. En el documento, la entidad explicó que actuó en cumplimiento de su mandato de promoción, protección y divulgación de los derechos humanos, así como de la defensa del interés general y del orden constitucional.
De acuerdo con la Defensoría, la discusión sobre el salario mínimo no se limita a una dimensión técnica o macroeconómica, sino que tiene una relación directa con la garantía de derechos fundamentales. En ese sentido, sostuvo que la remuneración mínima debe analizarse en el marco del derecho al trabajo y de la protección de condiciones laborales que permitan el desarrollo de proyectos de vida con estabilidad.
En su concepto ante el Consejo de Estado, la entidad indicó que el Decreto 1469 de 2025 cumple con los criterios constitucionales desarrollados por la jurisprudencia. Citó en particular la Sentencia C-815 de 1999, en la cual se estableció que, en caso de no lograrse concertación en la mesa de negociación del salario mínimo, el Gobierno debe motivar el decreto teniendo en cuenta diferentes variables económicas, otorgando prevalencia al principio de la remuneración mínima vital y móvil consagrado en el artículo 53 de la Constitución.
La Defensoría explicó que la “remuneración mínima vital” no debe interpretarse únicamente como una cifra nominal, sino como la expresión económica de la dignidad del trabajador dentro del Estado Social de Derecho. En ese sentido, afirmó que se trata de la condición material que permite el ejercicio real de la ciudadanía y de otros derechos fundamentales.
Asimismo, advirtió que una política de fijación salarial que ignore el componente cualitativo del salario vital —es decir, su capacidad para garantizar condiciones de existencia adecuadas para el trabajador y su familia— puede afectar los fines esenciales del Estado y debilitar la protección constitucional del trabajo.
Durante su intervención, la entidad también explicó que el decreto demandado se sustenta en criterios establecidos por la ley, entre ellos la inflación, la productividad, el crecimiento del Producto Interno Bruto y la participación de los salarios en el ingreso nacional.
Igualmente, recordó que el principio de salario digno está reconocido no solo en la Constitución colombiana, sino también en instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo de San Salvador, que consagran el derecho de los trabajadores a recibir una remuneración que garantice condiciones de existencia para ellos y sus familias.
La Defensoría señaló además que la fijación del salario mínimo tiene efectos directos sobre millones de personas en el país que dependen de este ingreso para su subsistencia. Entre los grupos mencionados se encuentran trabajadores en condición de vulnerabilidad, madres y padres cabeza de hogar y personas responsables del cuidado de niños, niñas, adolescentes o adultos mayores.
La entidad agregó que el salario mínimo también funciona como referencia dentro del sistema económico y social, debido a que incide en diversas relaciones laborales, contractuales y en el funcionamiento de pequeñas y medianas empresas y otras unidades productivas.
En ese contexto, la Defensoría indicó que cualquier decisión judicial que pueda afectar la vigencia del decreto debe considerar no solo variables económicas generales, sino también la protección efectiva de los derechos fundamentales y el principio de confianza legítima de la población.
En sus conclusiones, la entidad afirmó que la motivación del Decreto 1469 de 2025 demuestra una valoración integral de los criterios legales y constitucionales aplicables, dando prioridad al mandato de proteger la remuneración mínima vital y móvil.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo reiteró ante el Consejo de Estado la importancia de evitar escenarios que puedan generar desprotección de los derechos laborales reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. Señaló que el salario mínimo constituye un elemento central para el funcionamiento del Estado Social de Derecho y para garantizar condiciones de vida adecuadas para la población trabajadora.
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