MinTrabajo confirmó que aumento del recargo dominical al 80% entró en vigor el 1 de julio
El Ministerio de Trabajo informó que el aumento en el porcentaje del recargo por laborar domingos y festivos entró en vigor desde el 1 de julio de 2025, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 2466.
El Ministerio de Trabajo informó que el aumento en el porcentaje del recargo por laborar domingos y festivos entró en vigor desde el 1 de julio de 2025, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 2466.
Así lo afirmó el viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Daniel Jaramillo, en una entrevista reciente donde se refirió a las dudas generadas sobre la reciente reforma laboral.
Según lo expresado por Jaramillo, desde el primer domingo de julio comenzó a regir el nuevo recargo, que pasó del 75% al 80%. En ese sentido, el Ministerio advirtió que cualquier empleador que omita este ajuste estaría incurriendo en una infracción. “No hay debate: ya comenzó el aumento”, expresó el funcionario al ser consultado sobre la vigencia del cambio.
Frente a los interrogantes surgidos por la fecha de aplicación y su impacto en las liquidaciones, el viceministro precisó que el nuevo porcentaje debe reflejarse en los pagos que se realicen a partir de este mes, sin importar si la periodicidad es diaria, quincenal o mensual.
Otro de los temas abordados por el viceministro fue la modificación a la jornada nocturna. Esta pasará a iniciar a las 7:00 p.m., en lugar de las 9:00 p.m., pero el cambio no será inmediato. De acuerdo con la reglamentación vigente, el nuevo horario con recargo del 35% entrará en vigencia en diciembre de 2025, seis meses después de la promulgación de la ley.
Sobre el pago de horas extras, el Ministerio de Trabajo indicó que no hubo cambios en esta materia en el marco de la nueva legislación laboral.
En paralelo al nuevo recargo, se mantiene vigente el proceso de reducción de la jornada laboral que se implementa de forma gradual desde la entrada en vigencia de la Ley 2101 de 2021. A partir del 15 de julio de 2025, la jornada semanal se reducirá de 46 a 44 horas. Esta reducción continuará hasta alcanzar el límite de 42 horas semanales, establecido como meta para los próximos años.
Al mismo tiempo, el funcionario aclaró los rumores que en redes sociales se han difundido con respecto a que los trabajadores podrían perder hasta 11 días festivos al año si pactan un día de descanso diferente al domingo. Sobre este punto, el viceministro Jaramillo aclaró que esta posibilidad ya existía desde la Ley 789 de 2002 y que no es una disposición nueva.
El Ministerio señaló que cualquier cambio de este tipo debe ser acordado entre empleador y trabajador, y no puede imponerse de forma unilateral. Además, aseguró que no se conocen antecedentes en los que esta cláusula haya sido usada para reducir el número de días festivos reconocidos.
Ante el riesgo de incumplimientos, el Ministerio de Trabajo anunció que incrementará su capacidad de inspección mediante la contratación de 1.000 nuevos inspectores laborales. La medida busca garantizar el cumplimiento del nuevo recargo y demás disposiciones de la reforma.
El Ministerio reiteró que los trabajadores pueden acudir a sus canales institucionales si detectan irregularidades en el pago del recargo o en la aplicación de la jornada laboral. La entidad recordó que tiene la facultad de imponer medidas correctivas frente a los empleadores que infrinjan la ley.

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