Consejo de Estado respaldó nuevo modelo de pasaportes y anuló decisiones que frenaban el proceso
La decisión representa un respaldo jurídico para el Gobierno Nacional y la Cancillería en la implementación del sistema que comenzó a operar oficialmente desde el pasado 1 de abril de 2026.
El Consejo de Estado, máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia, emitió una decisión con la que anuló las actuaciones judiciales adelantadas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que buscaban detener el nuevo contrato para la expedición de pasaportes.
La Corporación concluyó que el tribunal incurrió en irregularidades procesales al admitir una Acción Popular sin verificar de manera adecuada los requisitos legales exigidos para este tipo de demandas. Según el alto tribunal, la autoridad judicial aceptó los argumentos del demandante “sin realizar un examen mínimo de verificación”, omitiendo incluso revisar que la petición previa había sido presentada por un tercero ajeno al proceso.
En la providencia del 12 de mayo, el Consejo de Estado señaló que tampoco se justificó la existencia de un perjuicio irremediable que permitiera omitir los procedimientos previos de procedibilidad exigidos por la ley. Para la Corporación, esa actuación representó un “defecto procedimental absoluto”. El fallo dejó sin efectos los autos emitidos el 9 y el 24 de febrero de 2026, mediante los cuales se había intentado suspender el avance del nuevo esquema de contratación para la producción y expedición de pasaportes.
Respaldo al nuevo sistema de expedición de pasaportes
La decisión fortalece jurídicamente la estrategia implementada por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Relaciones Exteriores para poner en funcionamiento el nuevo modelo de pasaportes desde el 1 de abril de este año; el esquema actualmente vigente opera a través de la Imprenta Nacional de Colombia en alianza con la Casa da Moneda de Portugal, entidad especializada en producción de documentos oficiales y sistemas de seguridad documental.
El Consejo de Estado precisó que, aunque encontró inconsistencias en las actuaciones del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, será esa misma Corporación la encargada de revisar y corregir las irregularidades advertidas, en respeto al principio de autonomía judicial. Además, el alto tribunal cuestionó el rechazo del recurso presentado oportunamente por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, al considerar que dicha decisión se produjo de manera irregular.
Fondo Rotatorio defendió cláusula internacional del convenio
Paralelamente al pronunciamiento judicial, el Fondo Rotatorio de la Cancillería respondió la demanda presentada por la Procuraduría General de la Nación y defendió la legalidad del convenio suscrito con la Imprenta Nacional-Casa da Moneda (INCM) de Portugal.
La entidad reiteró que el contrato incluye una cláusula compromisoria internacional que establece que cualquier controversia derivada del acuerdo deberá resolverse mediante un tribunal de arbitramento internacional, conforme a las condiciones pactadas entre ambas partes.

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