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Consejo de Estado ratificó sanción contra el senador Alex Flórez por seis meses de suspensión e inhabilidad

El Consejo de Estado dejó en firme la sanción disciplinaria contra el senador Alex Xavier Flórez Hernández, al declarar ajustada a derecho la decisión proferida por la Procuraduría General de la Nación que lo suspendió e inhabilitó por seis meses.

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Redacción IFM
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Alex Florez-ifmnoticias

El Consejo de Estado dejó en firme la sanción disciplinaria contra el senador Alex Xavier Flórez Hernández, al declarar ajustada a derecho la decisión proferida por la Procuraduría General de la Nación que lo suspendió e inhabilitó por seis meses.

La decisión fue adoptada por la Sala Dos Especial de Decisión de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, con ponencia de la magistrada Elizabeth Becerra Cornejo, en el marco de un recurso extraordinario de revisión automático.

En el documento, el alto tribunal concluyó: “Declarar ajustada al ordenamiento jurídico la decisión sancionatoria proferida por el viceprocurador general de la Nación (…) en contra del señor Alex Xavier Flórez Hernández”, confirmando así la sanción impuesta en octubre de 2024.

El caso se remonta a hechos ocurridos en septiembre de 2022, cuando el congresista protagonizó un incidente en un hotel en Cartagena. Según la providencia, la sanción se originó por incurrir en una falta grave contemplada en el Código General Disciplinario, al “proferir expresiones injuriosas o calumniosas contra servidores públicos que se encontraban en servicio”.

Durante el proceso, la defensa del senador argumentó que la decisión disciplinaria se basó en una interpretación errónea de los hechos. En particular, sostuvo que las declaraciones del congresista no estaban dirigidas a funcionarios individualizados, sino a la institución en general. En ese sentido, el apoderado afirmó que “se puede escuchar claramente, y sin lugar a dudas o equívocos, que el senador está hablando de la institución de la policía de forma general (…), mas no de ellos como individuos determinados”.

Asimismo, cuestionó la configuración de la falta disciplinaria al señalar que no se cumplían los elementos necesarios para establecer la calumnia, entre ellos la atribución concreta a una persona determinada y el conocimiento de la falsedad.

Otro de los argumentos centrales de la defensa fue el estado en el que se encontraba el senador al momento de los hechos. Según el documento, se alegó que Flórez Hernández “se encontraba en un estado de intoxicación alcohólica que le impedía comprender el alcance de sus manifestaciones y autodeterminarse”, lo que, a juicio de su defensa, debía excluir su responsabilidad disciplinaria.

En esa línea, también se indicó que la Procuraduría habría omitido valorar adecuadamente esta circunstancia. El apoderado sostuvo que existían pruebas que acreditaban un estado de “intoxicación aguda que le impedía comprender la ilicitud de su conducta y determinarse conforme a esa comprensión”.

No obstante, el Consejo de Estado desestimó estos argumentos y respaldó la actuación del Ministerio Público, manteniendo la sanción en los términos definidos previamente.

En la parte resolutiva, además de ratificar la sanción, el alto tribunal informó que contra esta decisión procede el recurso de doble conformidad, el cual deberá tramitarse conforme a lo establecido en la ley.

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