Consejo de Estado anuló la personería jurídica del partido Gente en Movimiento de Mauricio Lizcano
El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, declaró la nulidad de la Resolución 2938 del 19 de abril de 2023, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) había otorgado personería jurídica al partido Gente en Movimiento, movimiento político li
El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, declaró la nulidad de la Resolución 2938 del 19 de abril de 2023, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) había otorgado personería jurídica al partido Gente en Movimiento, movimiento político liderado por el exministro y precandidato presidencial, Mauricio Lizcano.
En el fallo, fechado el 28 de agosto de 2025, el alto tribunal precisó: “PRIMERO: DECLARAR la nulidad de la Resolución 2938 del 19 de abril de 2023, por la cual el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al partido Gente en Movimiento”.
La decisión del Consejo de Estado tiene efectos inmediatos y se aplicará hacia futuro, tal como lo estipula la sentencia: “SEGUNDO: MODULAR los efectos de la decisión de nulidad, entendiendo que los mismos son hacia futuro y desde la ejecutoria de la presente sentencia”.
De igual forma, el fallo deja en claro que no procede recurso alguno frente a lo resuelto: “TERCERO: ADVERTIR a los sujetos procesales que contra la presente decisión no procede recurso alguno”.
Con esta determinación, el movimiento de Lizcano pierde la posibilidad de contar con aval propio para respaldar candidatos en las próximas contiendas electorales. La decisión se da en medio del camino político del exministro, quien había proyectado la colectividad como plataforma de apoyo a su aspiración presidencial.
El documento fue firmado electrónicamente por los magistrados Gloria María Gómez Montoya (presidente), Luis Alberto Álvarez Parra, Omar Joaquín Barreto Suárez y Pedro Pablo Vanegas Gil.
La sentencia, consultable en la relatoría oficial del Consejo de Estado, concluye así un proceso que se originó a raíz de la demanda presentada contra el acto administrativo del CNE que otorgó la personería jurídica al movimiento en 2023.

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