BanRep advirtió inconsistencias legales en decreto sobre traslado de ahorros pensionales
El Banco de la República envió una comunicación al Ministerio del Trabajo en la que plantea reparos frente al proyecto de decreto que propone trasladar los recursos de ahorro pensional desde los fondos privados hacia Colpensiones.
El Banco de la República envió una comunicación al Ministerio del Trabajo en la que plantea reparos frente al proyecto de decreto que propone trasladar los recursos de ahorro pensional desde los fondos privados hacia Colpensiones.
En el documento, el Emisor señala que la medida no se ajustaría a lo establecido en la normativa vigente. La iniciativa del Gobierno contempla que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) transfieran, en un plazo de 15 días tras la expedición del decreto, los saldos acumulados en las cuentas individuales de los afiliados que decidan acogerse al traslado de régimen, incluyendo capital y rendimientos.
Esta posibilidad se deriva de la denominada “ventana de oportunidad” habilitada en la reforma pensional para quienes cumplen determinadas condiciones.
No obstante, el Banco de la República indicó que, conforme a lo dispuesto en la Ley 2381 de 2024, los recursos de quienes opten por cambiarse al régimen público deben permanecer bajo la administración de las AFP hasta que se consolide el derecho a la pensión de vejez. En ese sentido, advierte que ordenar el traslado anticipado mediante decreto no tendría sustento legal y podría exceder las facultades reglamentarias del Ejecutivo.
El pronunciamiento también señala que la reforma pensional no se encuentra plenamente en vigor, debido a que su aplicación está siendo revisada por la Corte Constitucional. En este contexto, el Banco expone que el marco jurídico aún no está definido, lo que introduce elementos de incertidumbre frente a la implementación de nuevas disposiciones a través de reglamentación.
Adicionalmente, el Emisor incluyó consideraciones sobre el impacto que un traslado masivo de recursos podría generar en los mercados financieros. Según el análisis, una porción relevante de los ahorros pensionales está invertida en títulos de deuda pública (TES), por lo que una movilización de estos activos en un periodo corto podría incidir en variables como las tasas de interés y la dinámica del mercado local.
El documento también hace referencia a que el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, contemplado en la reforma, aún no se encuentra en operación, lo que limita la capacidad institucional para recibir y gestionar los recursos que se transferirían en el escenario planteado por el decreto.
En su concepto técnico, el Banco de la República solicita al Ministerio del Trabajo revisar el alcance de la propuesta y ajustar su contenido a lo previsto en la legislación vigente. Asimismo, plantea que cualquier modificación en la administración de los recursos pensionales debe realizarse dentro de los parámetros establecidos por la ley y con las condiciones operativas definidas para el sistema.
El análisis se da en medio del proceso de reglamentación de la reforma pensional y de las discusiones sobre los mecanismos de traslado entre el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad y el sistema administrado por Colpensiones, en un contexto en el que continúan las evaluaciones jurídicas sobre la normativa aprobada.

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