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Universidad de Cartagena y Asamblea de Antioquia confirmaron que aspirantes a la Contraloría no presentan inhabilidades

El proceso de selección del próximo Contralor Departamental de Antioquia, para el período 2026-2029, avanza con paso firme luego de superar la etapa jurídica en la que se evaluaron las denuncias por presuntas inhabilidades contra los tres aspirantes con los puntajes más altos en el concurso: Laura E

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Redacción IFM
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Universidad de Cartagena y Asamblea de Antioquia confirmaron que aspirantes a la Contraloría no presentan inhabilidades

El proceso de selección del próximo Contralor Departamental de Antioquia, para el período 2026-2029, avanza con paso firme luego de superar la etapa jurídica en la que se evaluaron las denuncias por presuntas inhabilidades contra los tres aspirantes con los puntajes más altos en el concurso: Laura Emilse Marulanda Tobón, Juan Carlos Herrera Toro y Juan Fernando Castrillón Benjumea.

De acuerdo con el informe técnico-jurídico elaborado por la Universidad de Cartagena, entidad encargada de gestionar la convocatoria, y con un análisis independiente del equipo jurídico de la Asamblea Departamental de Antioquia, ninguno de los candidatos presenta inhabilidades o incompatibilidades para ocupar el cargo.

Ambos estudios coinciden en que el régimen de inhabilidades aplicable debe interpretarse de manera estricta y restrictiva, conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, con el propósito de no limitar de forma indebida el derecho a acceder a cargos públicos.

Los documentos destacan que las normas pertinentes son el artículo 272 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019, y el artículo 6 de la Ley 330 de 1996, que regulan de manera específica las condiciones para ejercer el cargo de contralor departamental. En consecuencia, las disposiciones de la Ley 136 de 1994, mencionadas en las denuncias, aplican únicamente para el nivel municipal y no pueden extenderse al ámbito departamental.

En el caso de Laura Emilse Marulanda Tobón, actual secretaria en la Alcaldía de Rionegro, los informes concluyen que no existe inhabilidad alguna, puesto que dicho municipio cuenta con una Contraloría Municipal propia, lo cual descarta cualquier posibilidad de autocontrol o conflicto de interés con la Contraloría Departamental de Antioquia.

Respecto a Juan Carlos Herrera Toro, los análisis determinan que no incurre en inhabilidad temporal ni funcional. Aunque se desempeñó como Secretario General del IDEA, su desvinculación se produjo más de un año antes de la elección, cumpliendo el término exigido por la Constitución. Además, su labor actual como asesor jurídico en MASORA no configura un cargo público, dado que los contratistas del Estado no adquieren la calidad de servidores públicos.

En cuanto a Juan Fernando Castrillón Benjumea, quien ha sido contratista de la Corporación Gilberto Echeverry Mejía, el informe establece que su vinculación por prestación de servicios no implica ocupar un cargo público ni genera relación legal y reglamentaria, conforme a los fallos reiterados del Consejo de Estado.

La Asamblea Departamental de Antioquia, mediante la Resolución 246 del 11 de agosto de 2025, definió las reglas del proceso de selección bajo los principios de transparencia, publicidad, mérito y objetividad. Para garantizar la imparcialidad, se suscribió un convenio interadministrativo con la Universidad de Cartagena, encargada de las pruebas de conocimiento, la verificación de requisitos y la publicación de resultados.

Tras el análisis jurídico de las denuncias, la Mesa Directiva de la Asamblea ratificó la conformación de la terna, destacando que la decisión se fundamenta en los resultados del concurso y en la ausencia de inhabilidades comprobadas.

Además, la corporación abrió un periodo de observaciones ciudadanas entre el 6 y el 12 de noviembre de 2025, durante el cual se recibirán comentarios o información adicional que pueda aportar la ciudadanía al proceso de evaluación final.

La Universidad de Cartagena presentó un documento técnico denominado “Informe de posibles inhabilidades e incompatibilidades”, el cual constituye el soporte jurídico de la decisión. Este informe, junto con el análisis del equipo jurídico de la Asamblea, sirvió de base para que la Mesa Directiva ratificara la terna mediante mayoría simple, en cumplimiento de los criterios establecidos.

Según se indicó los informes fueron elaborados con rigurosidad jurídica, revisando de manera individual la situación de cada aspirante. Según estos, las inhabilidades para ejercer el cargo de contralor departamental son de aplicación taxativa y restrictiva, y deben analizarse conforme a los elementos temporal, territorial y funcional definidos por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.

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