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(ANÁLISIS) La reforma tributaria que cambiaría el bolsillo de los colombianos: más impuestos al consumo y nuevos incentivos a la inversión

La propuesta de reforma tributaria plantea una transformación significativa del sistema fiscal colombiano. Aunque conserva la tarifa general del IVA en el 19 %, amplía el número de bienes y servicios gravados, reduce beneficios tributarios para las personas naturales y modifica las condiciones bajo las cuales las empresas realizan sus aportes parafiscales.

REDACCIÓN
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(ANÁLISIS) La reforma tributaria que cambiaría el bolsillo de los colombianos: más impuestos al consumo y nuevos incentivos a la inversión
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Al mismo tiempo, contempla una reducción gradual del impuesto de renta empresarial, crea un régimen especial para grandes inversiones y establece un mecanismo de devolución del IVA dirigido a la población vulnerable. El resultado es una propuesta con efectos diferenciados: mientras algunos sectores tendrían mayores cargas tributarias, otros recibirían incentivos para invertir. El debate central estará en determinar si el nuevo esquema consigue aumentar el recaudo sin afectar excesivamente el consumo, el empleo y la capacidad económica de los hogares.

El IVA, el principal instrumento de recaudo de la reforma

El componente más importante de la propuesta es la ampliación de la base del impuesto sobre el valor agregado. La tarifa general se mantendría en el 19 %, pero desaparecería desde 2028 la tarifa reducida del 5 % para un conjunto de productos y servicios que actualmente cuentan con un tratamiento preferencial. Entre los bienes mencionados aparecen el café, el azúcar, los aceites, las pastas, el chocolate y algunos servicios, como la medicina prepagada. También se plantea que los vehículos eléctricos, los híbridos y las bicicletas pasen a estar gravados con la tarifa general.

La modificación tendría consecuencias sobre los precios que pagan los consumidores. Cuando un producto que actualmente tiene una tarifa reducida pasa al 19 %, el impuesto incorporado en su comercialización aumenta y puede trasladarse al precio final. La magnitud de ese efecto dependerá de las condiciones de cada mercado, de los márgenes de los productores y distribuidores y de la capacidad de los consumidores para absorber el incremento. Sin embargo, el cambio resulta especialmente relevante porque involucra productos de consumo frecuente y bienes que también forman parte de decisiones de inversión de los hogares.

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La propuesta también reduce el listado de bienes excluidos del IVA. De acuerdo con el texto presentado, frutas y verduras frescas, café en grano, maíz, sal, abonos, plaguicidas, tractores, computadores, celulares y paneles solares dejarían de tener esa condición. En contraste, productos como la papa, la yuca, el pan, la arepa, la panela, el agua, el gas y la energía conservarían el tratamiento señalado en la propuesta.

Esta modificación tiene una dimensión que va más allá del recaudo. La incorporación de insumos agrícolas, maquinaria y herramientas tecnológicas al universo de bienes gravados puede repercutir sobre los costos de producción y adquisición. En el caso del sector agropecuario, el tratamiento tributario de fertilizantes, plaguicidas y tractores es especialmente sensible, porque se trata de elementos que inciden en la estructura de costos de las explotaciones agrícolas. En tecnología, el cambio puede afectar la compra de computadores y teléfonos celulares, bienes que cumplen una función cada vez más importante en la educación, el trabajo y la actividad empresarial.

La clase media tendría una mayor carga en el impuesto de renta

Otro de los cambios de mayor alcance se encuentra en el impuesto de renta de las personas naturales. La propuesta reduce el umbral a partir del cual comienza la obligación de pagar este tributo, al pasar de 1.090 UVT a 720 UVT, con una tarifa del 9 % para el nuevo rango señalado.

El efecto sería la incorporación de más contribuyentes al sistema. Una parte de la población que actualmente no está sometida a esa obligación podría comenzar a declarar y pagar renta, de acuerdo con los ingresos y las condiciones establecidas en la reforma. La medida convierte a los ingresos de sectores de clase media en una fuente adicional de recaudo y abre una discusión sobre la capacidad contributiva de quienes reciben salarios, honorarios u otros ingresos regulares.

La ampliación de la base de contribuyentes se complementa con la reducción de algunos beneficios. La renta exenta del 25 % para personas naturales disminuiría su límite de 790 a 630 UVT. El tope de deducciones pasaría de 1.340 a 1.180 UVT y desaparecería la deducción de 72 UVT por dependiente.

Estas modificaciones pueden reducir el ingreso que los contribuyentes tienen derecho a restar de su base gravable. En consecuencia, el efecto no se limita a quienes comiencen a pagar renta por primera vez. También podría aumentar la obligación tributaria de personas que ya declaran, debido a que tendrían menos posibilidades de aplicar exenciones y deducciones.

El debate sobre este componente estará relacionado con la progresividad del sistema. Una reforma tributaria debe procurar que quienes tienen mayor capacidad económica contribuyan proporcionalmente más, pero también debe evitar que los cambios terminen concentrando una carga adicional sobre hogares cuyos ingresos se destinan principalmente a vivienda, alimentación, educación, transporte y sostenimiento familiar.

Conectividad, entretenimiento y licores: nuevos servicios gravados

La propuesta también contempla la eliminación del beneficio de IVA para el servicio de internet en los estratos 1, 2 y 3. La decisión tiene una implicación social importante, porque la conectividad dejó de ser un servicio complementario y se convirtió en una herramienta necesaria para estudiar, trabajar, realizar trámites y acceder a información.

Un mayor costo del internet puede afectar especialmente a los hogares de menores ingresos, que dependen de conexiones domésticas para actividades educativas y laborales. El efecto deberá evaluarse junto con las políticas de acceso digital y los programas destinados a reducir las brechas de conectividad.

En el sector del entretenimiento, las boletas de cine y eventos deportivos pasarían a estar gravadas. También se incluirían servicios de alojamiento digital, como hosting y computación en la nube. Esta última modificación tiene importancia para empresas, emprendimientos y organizaciones que utilizan infraestructura tecnológica contratada para almacenar información, administrar plataformas y prestar servicios digitales.

Los licores enfrentarían un ajuste adicional. Según la propuesta, pagarían IVA del 19 %, además de un impuesto al consumo cuya tarifa aumentaría al 35 %. La combinación de ambos gravámenes puede elevar la carga tributaria sobre estos productos y repercutir en sus precios, en la actividad comercial y en los ingresos de los sectores vinculados a su producción y distribución.

EfectIVA: devolución del impuesto para la población vulnerable

Como mecanismo de compensación, la reforma contempla la creación de EfectIVA a partir de 2028. El programa permitiría devolver el IVA pagado, con una cobertura del 100 % para las personas en situación de pobreza y porcentajes decrecientes del 50 %, 40 % y 30 % para distintos grupos de población vulnerable.

Un aspecto relevante del diseño es que la devolución se realizaría por persona y no por hogar. La intención consiste en dirigir el beneficio a los ciudadanos que cumplen las condiciones establecidas, en lugar de calcularlo únicamente sobre la composición familiar.

La efectividad de este mecanismo dependerá de su implementación. Para compensar el impacto de una ampliación del IVA, será necesario identificar adecuadamente a los beneficiarios, establecer procedimientos sencillos de acceso y garantizar que los recursos lleguen de manera oportuna. Una devolución que no alcance a los hogares afectados o que implique trámites complejos podría reducir la capacidad compensatoria del programa.

Por eso, EfectIVA será uno de los componentes que deberán examinarse con mayor atención. Su funcionamiento determinará en buena medida si la reforma consigue equilibrar el mayor recaudo sobre el consumo con una protección efectiva para los sectores de menores ingresos.

Empresas: menor renta, pero mayores costos laborales

En materia empresarial, la propuesta combina una reducción gradual del impuesto de renta con cambios que pueden elevar los costos de contratación. La tarifa de renta corporativa bajaría del 35 % al 33 % en 2027 y al 31 % desde 2028. También se modificaría el alcance de la tasa mínima del 15 %, que quedaría limitada a multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros, según el umbral señalado.

Los bancos, por su parte, conservarían cinco puntos adicionales de impuesto hasta 2030. Esta disposición mantiene una carga diferencial sobre el sector financiero durante el periodo establecido.

La reducción de la tarifa empresarial puede mejorar las condiciones para invertir y aumentar la competitividad tributaria de Colombia. Sin embargo, su efecto dependerá de otros factores, como la estabilidad normativa, la demanda interna, la seguridad jurídica y los costos de operación.

En paralelo, la reforma plantea reducir el alcance de la exoneración de aportes parafiscales y de salud. Actualmente, el beneficio cubre salarios de hasta diez salarios mínimos legales mensuales vigentes. Con el cambio, quedaría limitado a trabajadores que reciban hasta dos salarios mínimos, con una cobertura parcial hasta tres salarios mínimos, de acuerdo con el esquema descrito.

Esto significa que numerosas empresas volverían a pagar aportes al SENA, al ICBF y al sistema de salud por una parte mucho más amplia de sus nóminas. El efecto sería especialmente relevante para compañías con estructuras laborales intensivas y para sectores que emplean trabajadores con salarios superiores a los nuevos límites.

La combinación de una tarifa de renta más baja y mayores aportes asociados a la nómina obliga a evaluar la reforma de manera integral. Una reducción del impuesto de renta no necesariamente representa una disminución equivalente de la carga tributaria total de las empresas si, al mismo tiempo, aumentan sus obligaciones laborales.

Patrimonio e incentivos para grandes inversiones

El impuesto al patrimonio también tendría modificaciones. El umbral de entrada aumentaría de 72.000 a 95.500 UVT, mientras que la tarifa máxima bajaría del 1,5 % al 1 %. Además, se establecería una vigencia delimitada entre 2027 y 2030.

El cambio suaviza las condiciones del tributo frente al esquema descrito, tanto por el aumento del umbral como por la reducción de la tarifa máxima. Su alcance dependerá de la composición patrimonial de los contribuyentes y de las reglas específicas para determinar la base gravable.

En sentido contrario a la ampliación de algunas cargas, la propuesta incorpora el régimen RUGE para grandes inversiones. Este mecanismo contempla tarifas de renta del 20 % o del 26 %, una tarifa del 8 % para dividendos enviados al exterior, depreciación acelerada, exclusión del impuesto al patrimonio y condiciones de estabilidad jurídica.

El propósito es ofrecer un tratamiento tributario especial a proyectos de gran tamaño y atraer capital hacia actividades productivas. La estabilidad de las reglas puede ser un factor determinante para inversiones que requieren largos periodos de ejecución y recuperación. No obstante, el resultado dependerá de los requisitos de acceso, de los sectores beneficiados y de la capacidad del régimen para generar inversión adicional, en lugar de limitarse a conceder ventajas a proyectos que se habrían desarrollado de todas maneras.

La reforma también contempla un nuevo proceso de normalización tributaria. Los activos omitidos tendrían una tarifa del 15 %, mientras que los activos en criptomonedas estarían sujetos a una tarifa del 5 %, según las condiciones descritas. Este mecanismo busca incorporar al sistema patrimonios que no han sido declarados, aunque su efectividad dependerá de los controles y de las condiciones de regularización.

Lo que permanece sin cambios

A pesar de la amplitud de las modificaciones, la propuesta conserva varios elementos del sistema tributario. Entre ellos aparecen el gravamen del 4x1.000, el régimen SIMPLE, el tratamiento de los dividendos de residentes, las ganancias ocasionales con tarifa del 15 %, las zonas francas, las ZOMAC y las ZESE.

También se mantendrían la deducción de intereses de vivienda y el tratamiento tributario de las pensiones. Estas continuidades muestran que la reforma no pretende reemplazar integralmente el sistema, sino modificar determinados componentes para ampliar el recaudo, redistribuir beneficios y establecer incentivos específicos a la inversión.

La permanencia de estos mecanismos será relevante para los contribuyentes y sectores económicos que organizan sus actividades alrededor de esos tratamientos tributarios.

Una reforma con ganadores, sectores presionados y un reto fiscal

La propuesta presenta una combinación de objetivos que no necesariamente avanzan en la misma dirección. Por un lado, busca aumentar los ingresos del Estado mediante una mayor cobertura del IVA y del impuesto de renta de personas naturales. Por otro, reduce gradualmente la tarifa empresarial y crea un régimen preferencial para grandes inversiones. Al mismo tiempo, modifica los beneficios asociados a la contratación laboral y establece un programa de devolución del IVA para los sectores vulnerables.

El desafío consiste en lograr que el aumento del recaudo no termine debilitando el consumo de los hogares ni elevando de manera excesiva los costos de producción y empleo. También será necesario establecer si los incentivos empresariales generan suficiente inversión y actividad económica para compensar las ventajas tributarias concedidas.

La discusión no puede limitarse a determinar cuánto dinero adicional espera recaudar el Gobierno. Debe considerar quiénes asumirán la mayor carga, qué sectores tendrán beneficios, cómo se distribuirán los costos y si los recursos adicionales se traducirán en mejores servicios públicos y mayor capacidad fiscal.

En definitiva, la reforma plantea un cambio importante en la relación entre ciudadanos, empresas y Estado. La ampliación de los impuestos al consumo y la reducción de deducciones personales pueden aumentar las obligaciones de numerosos contribuyentes, mientras que los incentivos empresariales buscan atraer capital y mejorar las condiciones de inversión. El resultado dependerá de la coherencia entre esas medidas y de la capacidad del sistema para evitar que el mayor recaudo se convierta en una presión adicional sobre la economía cotidiana de los colombianos.

Preguntas y respuestas de contexto

¿Qué productos básicos empezarían a pagar más IVA con la reforma?

Aunque la tarifa general sigue en 19 %, productos como café, azúcar, aceites, pastas y chocolate perderían su tarifa reducida del 5 % a partir de 2028. Además, bienes antes excluidos como frutas, verduras frescas, computadores y celulares pasarían a estar gravados.

¿Cómo se verá afectada la clase media en el pago de impuesto de renta?

La reforma reduce el umbral para empezar a pagar renta de 1.090 UVT a 720 UVT e impone una tarifa del 9 % para este nuevo rango. También se recortan beneficios como la renta exenta y se elimina la deducción por dependientes, lo que aumentará la carga para quienes ya declaran.

¿Qué servicios cotidianos tendrían nuevos impuestos?

Se eliminaría el beneficio de IVA para el internet en estratos 1, 2 y 3, y empezarían a pagar este impuesto las boletas de cine, eventos deportivos y servicios de alojamiento digital (nube). Los vehículos eléctricos e híbridos también pasarían a la tarifa general del 19 %.

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