ABC en IFMNOTICIAS: ¿Qué son las consultas internas, cómo se financian y quiénes pueden participar?
Las consultas de partidos y movimientos políticos son uno de los mecanismos de participación democrática reconocidos en Colombia.
Las consultas de partidos y movimientos políticos son uno de los mecanismos de participación democrática reconocidos en Colombia. A través de ellas, las colectividades con personería jurídica y los grupos significativos de ciudadanos pueden tomar decisiones internas o escoger a sus candidatos, ya sea de manera individual o en coalición, para cargos y corporaciones de elección popular.
Estas consultas pueden realizarse en distintos niveles: nacional, departamental, distrital o municipal, dependiendo de los objetivos del partido o movimiento político. Para programarlas, las organizaciones deben solicitar la colaboración de la Organización Electoral, que a su vez coordina con el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El CNE fija una única fecha anual en la que se celebran las consultas de todos los partidos que lo hayan requerido, y la Registraduría establece el calendario electoral correspondiente.
El financiamiento de estos procesos corre a cargo del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1475 de 2011. La organización electoral debe suministrar los instrumentos necesarios, como tarjetas de votación o sistemas electrónicos, instalar los puestos de votación y realizar el escrutinio.
En cuanto a la participación ciudadana, las consultas son abiertas a todos los electores. Sin embargo, cada ciudadano puede votar únicamente en una de ellas, ya que la doble militancia está prohibida por la ley. Si las consultas coinciden con una elección ordinaria, los votantes reciben certificado electoral. En caso contrario, no se otorga este beneficio, pues no se busca incentivar la participación en un partido específico.
El resultado de una consulta es de carácter obligatorio para el partido o movimiento que la convoque. Tras el escrutinio, el CNE certifica los resultados, pero la declaratoria final corresponde a la organización política. En situaciones de empate, el Código Electoral establece que la elección se define por sorteo, con papeletas extraídas por un ciudadano designado por la autoridad escrutadora.
Sobre los gastos de campaña, el CNE fija los topes y también tiene la competencia para imponer sanciones en caso de incumplimiento. Además, las colectividades que participen en consultas reciben financiación a través del sistema de reposición de gastos por voto depositado, cuyo monto es definido por el mismo Consejo.
En algunas consultas se aplican disposiciones estatutarias propias de los partidos, lo que ha permitido, en ciertos casos, la participación de menores de edad o la eliminación de la opción de voto en blanco en la tarjeta electoral. Para temas de publicidad, financiación de campañas y acceso a medios estatales, rigen las mismas normas que en las elecciones ordinarias.
Si un candidato ganador resulta inhabilitado, no necesariamente asume el segundo más votado; el reemplazo es definido por el partido o movimiento convocante. De esta manera, las consultas se consolidan como una herramienta que fortalece la democracia interna y el proceso electoral en Colombia.

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