miércoles, enero 7, 2026
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Tribunal extendió plazo para que Fiscalía y víctimas sustenten la casación contra la absolución de Uribe

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá autorizó una ampliación en los términos procesales para que la Fiscalía y los apoderados de las víctimas sustenten el recurso de casación contra la decisión que absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez.

La prórroga fija como nueva fecha límite el 13 de enero de 2026 a las 17:00 horas, según consta en la providencia firmada por los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oveido Pinto.

El tribunal respondió a las solicitudes elevadas por la Fiscalía y por los representantes de las víctimas, Reinaldo Villalba Vargas, Miguel Ángel del Río Malo y Juan David León Quiroga, quienes alegaron la necesidad de contar con más tiempo para elaborar el recurso extraordinario, argumentando la complejidad del expediente.

La ampliación quedó consignada en el radicado 110016000102202000276-09, relacionado con los delitos de fraude procesal y otros, y aprobado en Acta 154.

De acuerdo con el documento, la petición se presenta después de que, el 14 de octubre de 2025, la Sala de Decisión Penal negara las nulidades planteadas por la defensa técnica y modificara parcialmente la sentencia proferida el 1° de agosto de ese año por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.

Esa modificación excluyó ciertas interceptaciones telefónicas identificadas con el ID 447934 y mantuvo la absolución de Álvaro Uribe por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. La providencia fue confirmada en los demás aspectos sometidos a apelación.

Posteriormente, el 21 de octubre se realizó la audiencia virtual de lectura del fallo, instancia en la que participaron la Fiscalía y los representantes de las víctimas. Con base en esa decisión, las partes impulsaron el trámite para acudir a casación ante la Corte Suprema de Justicia mediante recurso extraordinario, con el propósito de que se revisen los puntos que consideran erróneos en la sentencia de segunda instancia.

El proceso continuará ahora bajo los tiempos que rigen este mecanismo extraordinario. Una vez presentado el recurso, la admisión puede tardar entre seis y dieciocho meses. En ese momento, se convoca a audiencia para que los intervinientes sustenten la demanda, con un tiempo máximo de diez minutos por parte. Tras ello, el magistrado ponente elabora un proyecto de decisión que debe ser discutido y votado por la Sala.

La fase de fondo, una vez superado el examen de admisibilidad, suele extenderse entre tres y cinco años, aunque el término legal máximo para fallar en casación es de cinco años. Si se supera ese plazo sin decisión, se activa la prescripción, situación que en la práctica es poco frecuente según los parámetros procesales mencionados.

Con la ampliación de términos, el tribunal garantizó que las partes cuenten con el tiempo solicitado para estructurar el recurso con el cual buscan que la Corte Suprema revise la absolución emitida en favor del exmandatario.

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