Tribunal de Cundinamarca ordenó a Nueva EPS publicar los estados financieros de 2023, 2024 y 2025
La decisión de primera instancia estableció un plazo de tres meses para que la EPS divulgue la información financiera correspondiente a los últimos tres años, tras determinar que incumplió las obligaciones legales de transparencia.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Nueva EPS elaborar, certificar y publicar los estados financieros correspondientes a las vigencias 2023, 2024 y 2025, luego de concluir que la entidad incumplió con el deber legal de divulgar esa información.
La decisión fue adoptada en primera instancia dentro de una acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe Colombia).
En detalle, el fallo estableció que la EPS deberá cumplir la orden en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la firmeza de la sentencia y posteriormente acreditar ante el despacho judicial que dio cumplimiento a la decisión mediante la entrega de la documentación correspondiente.
Durante el análisis del caso, el Tribunal determinó que la entidad no publicó de manera completa los estados financieros exigidos por la normativa vigente, pese a que los plazos legales ya habían expirado.
La decisión señaló que las obligaciones de publicidad financiera se encontraban previstas tanto en la Ley 222 de 1995 como en la Circular Externa 016 de 2016 de la Superintendencia Nacional de Salud, normas que exigen a las entidades vigiladas elaborar y divulgar oportunamente dicha información.
La acción judicial fue promovida por FEDe Colombia, organización que sostuvo que la ausencia de estados financieros actualizados impedía conocer con precisión la situación económica de la EPS y dificultaba el ejercicio del control ciudadano e institucional sobre una entidad que administraba recursos públicos y prestaba servicios de salud a más de 11 millones de afiliados.
El Tribunal también descartó los argumentos presentados por la Nueva EPS relacionados con procesos internos de revisión y saneamiento contable. La corporación consideró que ese tipo de actuaciones administrativas no suspendían ni reemplazaban el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de transparencia y acceso a la información financiera.
Tras conocerse la decisión, el director de FEDe Colombia, Andrés Caro, dijo que el fallo reafirmó la obligación de las entidades que administran recursos públicos de garantizar la publicidad de su información financiera, al considerar que ese principio resulta fundamental para fortalecer los mecanismos de control y el escrutinio ciudadano.
Esta decisión judicial llega en medio de una compleja situación para la EPS que está en intervención desde hace más de dos años por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Durante ese periodo, la entidad ha enfrentado cuestionamientos relacionados con su situación financiera, el incremento de las deudas con la red prestadora y el aumento de las reclamaciones por parte de los usuarios.
Adicionalmente, la Procuraduría General de la Nación también adelanta una revisión disciplinaria sobre el proceso mediante el cual fue ordenada y posteriormente prorrogada la intervención administrativa de la EPS. La investigación busca establecer si existieron irregularidades en las actuaciones adelantadas por funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud.
Entre los aspectos objeto de revisión se encuentran la presunta ausencia de un informe técnico que respaldara la medida, la falta de conceptos especializados para sustentar la intervención y posibles inconsistencias relacionadas con el cumplimiento del debido proceso.
Asimismo, el organismo de control analiza si la resolución que prorrogó la intervención estuvo sustentada en hechos que no corresponderían plenamente con lo discutido en el Comité de Medidas Especiales.

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