Tribunal confirmó que mantendrá revocatoria de candidatura al Senado de Marelen Castillo
El Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela presentada por Marelen Castillo contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), decisión que deja en firme la revocatoria de su inscripción como candidata al Senado por el partido Centro Democrático, a pocos días de las elecciones legislativas.
El Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela presentada por Marelen Castillo contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), decisión que deja en firme la revocatoria de su inscripción como candidata al Senado por el partido Centro Democrático, a pocos días de las elecciones legislativas.
La determinación fue adoptada por la sala civil del Tribunal, que resolvió no conceder el amparo solicitado por la Congresista. Con esta decisión, se mantiene vigente lo dispuesto por el CNE mediante las resoluciones 0750 del 2 de febrero y 0874 del 6 de febrero de 2026, actos administrativos a través de los cuales se dejó sin efecto su candidatura por una presunta situación de doble militancia.
El CNE argumentó que Castillo mantenía vínculos con la Liga de Gobernantes Anticorrupción, colectividad fundada por el excandidato presidencial Rodolfo Hernández, lo que, según el organismo electoral, configuraba la causal que impedía su inscripción por otra organización política. Frente a esa determinación, la aspirante acudió a la tutela al considerar vulnerados sus derechos políticos.
En la providencia, suscrita por los magistrados Jorge Eduardo Ferreira, Ruth Helena Galvis y María Patricia Cruz, el Tribunal señaló que la acción de tutela no cumplía con el requisito de subsidiariedad. Indicó que la jurisdicción contencioso-administrativa cuenta con mecanismos judiciales idóneos para controvertir la legalidad de las decisiones adoptadas por el CNE.
De acuerdo con el fallo, la interesada dispone del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, contemplado en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). Este procedimiento permite, además, solicitar la suspensión provisional de los actos administrativos cuestionados.



El Consejo Nacional Electoral, al responder la tutela, pidió que fuera declarada improcedente. Señaló que las resoluciones que revocaron la inscripción de Castillo gozan de presunción de legalidad y que la tutela no puede emplearse como mecanismo alternativo para revisar decisiones electorales, salvo que se demuestre la existencia de un perjuicio irremediable, circunstancia que, según expuso, no fue acreditada.
El Tribunal coincidió en que el recurso presentado no era el camino procesal adecuado para debatir la validez de las resoluciones expedidas por la autoridad electoral. En consecuencia, negó el amparo solicitado.
Con esta determinación, la exclusión de Marelen Castillo de la lista al Senado del Centro Democrático permanece vigente mientras no se produzca una decisión distinta en la jurisdicción contencioso-administrativa. La medida se conoce a menos de una semana de la jornada electoral programada para el 8 de marzo, en la que se elegirán los nuevos integrantes del Congreso de la República.


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