Ministerio de Trabajo abrió proceso sancionatorio contra D1 y Adecco por presuntas irregularidades laborales
Un auto administrativo revela cargos por posible intermediación laboral ilegal y fallas en el cumplimiento de requerimientos, en una investigación que involucra a la cadena de supermercados D1 y a la empresa Adecco Colombia.
Una decisión del Ministerio de Trabajo puso en el centro del debate a dos importantes actores del sector empresarial en Colombia. A través del Auto Número 01157 del 9 de julio de 2026, la autoridad laboral ordenó iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio contra las empresas D1 S.A.S. y Adecco Colombia S.A., por presuntas irregularidades relacionadas con la intermediación laboral y el cumplimiento de obligaciones legales.
El documento oficial señala que el despacho decidió “INICIAR Procedimiento Administrativo Sancionatorio y en consecuencia FORMULAR CARGOS contra la empresa y/o sociedad D1 S.A.S.” así como contra Adecco Colombia, tras evidenciar posibles incumplimientos en normas laborales vigentes.
Uno de los puntos más relevantes del proceso está relacionado con el uso de trabajadores en misión. Según el auto, en el caso de D1 se formula un “presunto incumplimiento respecto a intermediación laboral ilegal por el uso permanente de trabajadores misionales”. La autoridad advierte que esta práctica podría vulnerar disposiciones legales, al utilizar personal temporal en actividades que hacen parte del núcleo permanente del negocio.
El mismo señalamiento se extiende a Adecco Colombia, empresa dedicada a la intermediación laboral, a la que también se le atribuye un “presunto incumplimiento respecto a intermediación laboral ilegal por el uso permanente de trabajadores misionales”, lo que sugiere que ambas compañías habrían excedido los límites establecidos por la ley para este tipo de contratación.
Adicionalmente, el Ministerio formuló un segundo cargo contra ambas empresas por posibles fallas en la entrega de documentación requerida durante la investigación. En el auto se indica un “presunto incumplimiento respecto a la entrega de soportes sobre las instrucciones realizadas”, lo que podría constituir una falta frente a las obligaciones de colaboración con la autoridad administrativa.
La decisión también establece que el despacho asumirá directamente el conocimiento del caso. En ese sentido, se ordena “AVOCAR el conocimiento del procedimiento administrativo sancionatorio adelantado a la empresa D1 S.A.S. (…) y ADECCO COLOMBIA S.A.”, lo que permitirá avanzar hacia una resolución de fondo tras el análisis de las pruebas.
Como parte del proceso, las empresas fueron notificadas formalmente y cuentan con un plazo de quince días para presentar sus descargos, solicitar o aportar pruebas. Este término será clave para que las compañías ejerzan su derecho a la defensa frente a los señalamientos realizados por la autoridad laboral.
En el mismo auto, el Ministerio reconoce como tercero interesado al “SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE TRABAJADORES DE SUPERMERCADOS, ALIMENTOS Y AFINES”, lo que refleja el interés de organizaciones sindicales en el desarrollo de esta investigación.
Este proceso se enmarca dentro de las funciones de inspección, vigilancia y control del Ministerio de Trabajo, orientadas a garantizar el cumplimiento de las normas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores en Colombia.
Aunque se trata de una etapa inicial y no de una sanción definitiva, el caso podría tener implicaciones importantes tanto para las empresas involucradas como para el modelo de contratación laboral en el país, especialmente en sectores donde el uso de trabajadores temporales es una práctica extendida.
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