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Juez sancionó por desacato al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, con cinco días de arresto y multa

Un juez laboral de Bogotá declaró en desacato al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino Páez, por incumplir un fallo de tutela relacionado con un derecho de petición presentado por la representante a la Cámara Katherine Miranda. La decisión, conocida inicialmente por Caracol Radio, impone al funcionario una sanción de cinco días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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Juez sancionó por desacato al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, con cinco días de arresto y multa

Una decisión judicial emitida por el Juzgado 20 Laboral del Circuito de Bogotá declaró en desacato al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino Páez, por incumplir una orden impartida dentro de un fallo de tutela que protegía el derecho fundamental de petición de la representante a la Cámara Katherine Miranda Peña.

La noticia, que fue revelada inicialmente por Caracol Radio, concluye que el funcionario no dio cumplimiento a la orden emitida el 20 de mayo de 2026, mediante la cual se le exigía al Ministerio del Trabajo responder de manera integral una solicitud de información presentada por la congresista.

En el primer punto de la decisión, el juez resolvió "DECLARAR que el Sr. ANTONIO SANGUINO PÁEZ (...) en calidad de MINISTRO DE TRABAJO o quienes hagan sus veces, NO ACATÓ el fallo de tutela de fecha 20 de MAYO de 2026", relacionado con el derecho de petición promovido por Katherine Miranda.

De acuerdo con el documento judicial, la tutela había ordenado al Ministerio del Trabajo que "en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, resuelva de forma y de fondo" la petición radicada el 24 de marzo de 2026.

La solicitud de la congresista buscaba obtener información sobre las actuaciones adelantadas por esa cartera frente a denuncias de presunto acoso y violencia basada en género en RTVC. Según la orden judicial, el Ministerio debía responder de manera detallada un cuestionario compuesto por doce preguntas.

Tras analizar el cumplimiento de esa decisión, el despacho concluyó que la orden no fue acatada, razón por la cual decidió imponer una sanción al jefe de la cartera laboral.

En el segundo numeral de la providencia, el juez resolvió "SANCIONAR por desacato al Sr. ANTONIO SANGUINO PÁEZ (...) con arresto de CINCO (05) DÍAS y con multa de TRES (3) SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL VIGENTE", medida que también cobija a quienes hagan sus veces como responsables directos del cumplimiento de la orden judicial.

La decisión establece igualmente que la multa deberá consignarse en la cuenta destinada para DTN, Multas y Cauciones, conforme a lo dispuesto por la autoridad judicial.

Además de la sanción económica y del arresto, el fallo dispone la forma en que deberá ejecutarse la medida privativa de la libertad.

En el tercer punto de la providencia se ordena que "el arresto deberá cumplirse en las instalaciones carcelarias de la POLICÍA NACIONAL", por lo que el juez también dispuso oficiar a esa institución para que proceda con la captura de los sancionados y haga efectiva la pena impuesta.

No obstante, la decisión aún deberá surtir un trámite adicional antes de su ejecución. El despacho judicial ordenó que la providencia sea consultada con el superior jerárquico, conforme a lo establecido en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, procedimiento previsto para este tipo de sanciones por desacato.

En consecuencia, el fallo aún debe ser revisado dentro del trámite judicial correspondiente antes de que la medida quede en firme.

Finalmente, el juez dispuso que la decisión sea notificada personalmente a los sancionados, de ser posible, y ordenó remitir copia de la providencia conforme a las reglas establecidas en la Ley 2213 de 2022.

La decisión fue firmada por el juez Víctor Hugo González, del Juzgado 20 Laboral del Circuito de Bogotá, dentro del incidente de desacato identificado con el número 2026-10090, promovido por Katherine Miranda Peña contra el Ministerio del Trabajo.

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