Iván Name y Andrés Calle permanecerán privados de la libertad por decisión de la Corte Suprema
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la solicitud de libertad presentada por los excongresistas Iván Name y Andrés Calle dentro del proceso por el caso de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), al concluir que no se ha configurado el vencimiento de términos.
La decisión fue adoptada luego de que la defensa de ambos excongresistas solicitara la libertad por presunto vencimiento de términos, al considerar que habían transcurrido más de seis meses desde la audiencia de acusación sin que hubiera iniciado el juicio oral.
No obstante, el alto tribunal concluyó que el término aplicable en este proceso no corresponde a seis meses, sino a un año, debido a que aún está pendiente la práctica de una prueba considerada relevante para el desarrollo de la investigación.
La Corte explicó que el proceso requiere la recepción del testimonio de Carlos Ramón González, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), quien se encuentra vinculado a la investigación y cuya declaración deberá practicarse en el exterior.
Según la Sala Penal, esa diligencia incide en el cómputo de los términos procesales, razón por la cual no se configura la causal de libertad invocada por la defensa de los procesados. En consecuencia, el tribunal determinó que la actuación judicial continúa dentro de los plazos establecidos por la legislación vigente y, por tanto, no existe fundamento jurídico para ordenar la libertad de los excongresistas.
Iván Name y Andrés Calle permanecen vinculados a una investigación en la que la Corte Suprema les atribuye, de manera preliminar, los delitos de cohecho impropio y peculado por apropiación en favor de terceros agravado.
Las actuaciones judiciales hacen parte del proceso que adelanta el alto tribunal por las presuntas irregularidades relacionadas con el manejo de recursos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, caso que ha dado lugar a varias investigaciones contra exfuncionarios y dirigentes políticos.
En la solicitud presentada ante la Corte, la defensa sostuvo que el juicio no había comenzado dentro del término que, a su juicio, establecía la ley para mantener vigente la medida de aseguramiento privativa de la libertad.
Estas diligencias harán parte de la etapa preparatoria del juicio y serán incorporadas al expediente conforme avance el proceso judicial.
La declaración de Carlos Ramón González constituye una de las actuaciones procesales pendientes, por lo que las autoridades judiciales deberán coordinar su práctica conforme a los mecanismos de cooperación internacional previstos para este tipo de diligencias.
Con esta decisión, Iván Name y Andrés Calle continuarán privados de la libertad mientras avanza el proceso que se sigue en su contra. La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia mantendrá el conocimiento del caso y continuará con la práctica de las pruebas decretadas antes del inicio del juicio, de acuerdo con el cronograma procesal y las actuaciones previstas dentro de la investigación relacionada con el presunto entramado de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
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