Consejo de Estado entró en fase final para decidir continuidad de Cielo Rusinque en la SIC
El Consejo de Estado avanzó en el proceso que determinará si Cielo Rusinque continuará al frente de la Superintendencia de Industria y Comercio. El magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil radicó el proyecto de fallo, un paso que habilita la etapa final del análisis jurídico iniciado tras la demanda que c
El Consejo de Estado avanzó en el proceso que determinará si Cielo Rusinque continuará al frente de la Superintendencia de Industria y Comercio. El magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil radicó el proyecto de fallo, un paso que habilita la etapa final del análisis jurídico iniciado tras la demanda que cuestiona los requisitos de su nombramiento.
La decisión será discutida en sesión programada por la Sección Quinta para este jueves 20 de noviembre en la mañana, momento en el que se definirá si la funcionaria permanece en el cargo.
La demanda principal fue presentada por el estudiante de derecho Samuel Ortiz, acompañado por otros ciudadanos, contra el Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, mediante el cual el Gobierno designó a Rusinque como superintendente.
Los demandantes sostuvieron que la hoja de vida de la funcionaria no demostraría experiencia en áreas técnicas asociadas a las responsabilidades de la entidad, como competencia, protección de datos, protección al consumidor y propiedad industrial. También señalaron que, pese a su formación en derecho constitucional y estudios políticos, no se evidencia un ejercicio profesional directamente vinculado a las materias especializadas de la SIC.
En los argumentos expuestos se mencionó además una recomendación reiterada de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, según la cual la autoridad de competencia debe operar sin control político directo, en consideración al impacto de sus decisiones.
Los demandantes afirmaron que la cercanía de Rusinque con el presidente Gustavo Petro, reflejada en su participación en la campaña presidencial de 2022 como asesora de relaciones externas, podría desconocer ese criterio internacional.
Tanto Rusinque como la Presidencia defendieron la legalidad de su nombramiento apoyándose en jurisprudencia del propio Consejo de Estado, que establece que los cargos de superintendentes son de libre nombramiento y remoción y no requieren concurso de méritos.
La defensa indicó que el proceso de selección se realizó bajo la normatividad vigente y que no existe una disposición que considere como inhabilidad la afinidad política con el gobierno. Añadió que la formación académica de la funcionaria cumple con los requisitos, pues sus estudios en la Université Panthéon-Assas se relacionan con las funciones del cargo, orientadas a la aplicación de normas del Estado y la vigilancia del cumplimiento legal.
El Consejo de Estado, al revisar los argumentos, concluyó que la demanda sí expuso motivos suficientes para estudiar posibles irregularidades en la expedición del acto administrativo, como desviación de poder, falta de motivación y vicios en el procedimiento. En esa línea, el despacho ordenó la práctica de pruebas sobre la formación y experiencia de Rusinque, solicitando certificaciones sobre intensidad horaria, periodos de vinculación y actividades académicas desarrolladas en calidad de investigadora y docente.
El tribunal también solicitó a la Presidencia de la República y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo remitir los antecedentes administrativos del decreto de nombramiento, documentos que ahora integran el expediente evaluado por la Sección Quinta. Con la radicación del proyecto de fallo, el proceso entró en su tramo final a la espera de la decisión del alto tribunal sobre la permanencia o no de Rusinque en la Superintendencia.

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