Arresto y multa para interventor de la Nueva EPS por desacato de tutela
Por incumplir un fallo de tutela interpuesto por una paciente de 75 años con grave enfermedad de cáncer, el Juzgado Primero Laboral de Sogamoso impuso sanciones al doctor Bernardo Armando Camacho Rodríguez, interventor de la Nueva EPS.
Por incumplir un fallo de tutela interpuesto por una paciente de 75 años con grave enfermedad de cáncer, el Juzgado Primero Laboral de Sogamoso impuso sanciones al doctor Bernardo Armando Camacho Rodríguez, interventor de la Nueva EPS.
La decisión ordenaba a la entidad suministrar medicamentos y disponer de una enfermera las 24 horas para asistir al usuario, lo cual no fue ejecutado por la Nueva EPS.
El juez de Sogamoso, en el departamento de Boyacá, tras verificar el incumplimiento del fallo en aspectos esenciales como la entrega de medicamentos, insumos, remisión de procedimientos y servicio de enfermería permanente, concluyó que Camacho incurrió en desacato.
El despacho judicial impuso arresto de dos días al interventor de la Nueva EPS, Bernardo Armando Camacho Rodríguez, además del pago en los próximos 10 días de una multa equivalente a dos salarios mínimos mensuales vigentes, a cubrirse con recursos propios del sancionado.
El accionante de la tutela es Eccehomo Castillo Pulido, paciente que consideró vulnerados sus derechos a la salud al no recibir de la Nueva EPS los medicamentos ni atenciones necesarias para sobrellevar la grave enfermedad que enfrenta.
En la decisión sancionatoria, el juez subrayó que, pese a varios autos entre junio y julio en los que se solicitaron explicaciones y cumplimiento, Camacho Rodríguez «guardó silencio», evidenciando una actitud omisiva frente a las órdenes judiciales.
El fallo, además de sancionar a Camacho, ordena que se entreguen de manera inmediata los medicamentos y cuidados requeridos por el paciente:
Entrega de medicamentos.
Suministro de insumos.
Remisión a procedimientos pendientes.
Asignación de una enfermera 24 horas en su residencia.
En el auto del juez de Sogamoso se destacan algunos aspectos fundamentales:
«Se advierte que el señor Bernardo Armando Camacho Rodríguez, como agente interventor de la Nueva EPS, ha omitido reiteradamente el cumplimiento de lo ordenado en el fallo de tutela del 1 de julio de 2025, al no garantizar la entrega de medicamentos, insumos médicos, remisión de procedimientos y asignación de personal de enfermería permanente en favor del señor Eccehomo Castillo Pulido».
«En consecuencia, se impone al señor Bernardo Armando Camacho Rodríguez la sanción de DOS (2) DÍAS DE ARRESTO, a cumplirse en las instalaciones de la Policía Nacional de Sogamoso, además de una MULTA EQUIVALENTE A DOS (2) SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (SMLMV), que deberá consignarse dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la ejecutoria de esta providencia».
«Se reitera a la Nueva EPS, bajo responsabilidad de su agente interventor, la obligación de cumplir inmediatamente lo ordenado en el fallo de tutela, so pena de adoptar medidas más severas en caso de persistir el incumplimiento».
Se explicó que estas sanciones buscan garantizar el cumplimiento efectivo de los fallos judiciales cuando se vulnera un derecho fundamental como el de la salud.
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