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Venezuela modificó Ley del TSJ y eleva a 23 los integrantes del Comité de Postulaciones

La Asamblea Nacional de Venezuela aprobó por unanimidad, en primera discusión, una reforma parcial a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La iniciativa amplía de 21 a 23 los integrantes del Comité de Postulaciones Judiciales e incorpora una participación de representantes de la sociedad civil.

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Venezuela modificó Ley del TSJ y eleva a 23 los integrantes del Comité de Postulaciones

De acuerdo con la exposición de motivos del proyecto, la reforma busca adecuar la estructura del Comité a lo establecido en el artículo 264 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que contempla un procedimiento público, transparente y participativo para la selección y designación de magistradas y magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Uno de los principales cambios planteados consiste en aumentar de 21 a 23 el número de integrantes del Comité de Postulaciones Judiciales. La nueva composición establece que 11 de sus miembros serán diputados designados por la plenaria de la Asamblea Nacional, mientras que los otros 12 serán postulados por distintos sectores de la sociedad.

El proyecto también modifica el mecanismo para conformar la Comisión Preliminar, instancia encargada de iniciar el proceso de selección de los representantes que integrarán posteriormente el Comité de Postulaciones Judiciales. Según el texto aprobado en primera discusión, esta Comisión estará integrada por 11 diputados.

La Comisión Preliminar tendrá entre sus funciones recibir y preseleccionar las postulaciones provenientes de los diferentes sectores de la sociedad para luego remitirlas a la plenaria de la Asamblea Nacional. El procedimiento deberá desarrollarse bajo criterios de publicidad y transparencia.

La propuesta contempla, además, mecanismos de divulgación para la convocatoria. El texto establece que la invitación a presentar postulaciones deberá tener amplia difusión a través de los medios disponibles, incluida la página web de la Asamblea Nacional y, al menos, tres publicaciones en diarios de circulación nacional.

Otro de los aspectos incorporados en la reforma es la consideración de criterios de participación e inclusión durante el proceso de selección. El texto señala que se procurará garantizar la paridad de género y la participación de grupos que puedan encontrarse en condiciones de discriminación, marginalización o vulnerabilidad.

Una vez constituido, el Comité de Postulaciones Judiciales tendrá un período de funcionamiento de dos años, según la redacción propuesta para el artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

La reforma incluye igualmente una disposición transitoria. Esta establece que, una vez publicada la ley en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, la Asamblea Nacional deberá nombrar la Comisión Preliminar con base en las nuevas disposiciones para iniciar el proceso constitucional y legal destinado al nombramiento y designación de los magistrados del TSJ y sus órganos auxiliares.

El proyecto señala en su exposición de motivos que la modificación no genera impacto sobre el presupuesto nacional y sostiene que el ajuste busca fortalecer la estructura institucional relacionada con la selección de los integrantes del máximo tribunal.

La aprobación en primera discusión representa el avance inicial de la propuesta legislativa. El texto deberá continuar el trámite parlamentario correspondiente antes de convertirse en ley vigente. La iniciativa forma parte, además, de los puntos acordados en la mesa de negociación con la oposición representada por la Asamblea Nacional elegida en 2015, de acuerdo con la información suministrada sobre el proceso.

Con la reforma, el Parlamento plantea modificar el mecanismo de integración del Comité de Postulaciones Judiciales, otorgando 12 espacios a representantes de sectores de la sociedad y 11 a diputados, como parte del procedimiento previsto para la futura selección de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

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