Gobierno advirtió que decisión del Consejo de Estado frena pago de pensiones a afiliados trasladados a Colpensiones
El Gobierno Nacional advirtió que la suspensión provisional del Decreto 415 de 2026 por parte del Consejo de Estado impide el traslado de recursos hacia Colpensiones y frena el pago de obligaciones pensionales a afiliados que se acogieron al cambio de régimen, al tiempo que genera un impacto en la sostenibilidad del sistema pensional colombiano.
El Gobierno Nacional, a través de los ministerios de Hacienda y Trabajo, manifestó su preocupación por la decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el Decreto 415 de 2026, al advertir que esta medida impide el pago de obligaciones pensionales a ciudadanos que se trasladaron a Colpensiones y pone en riesgo la sostenibilidad del sistema pensional.
Desde Bogotá, las carteras encabezadas por Germán Ávila Plazas y Antonio Sanguino Páez señalaron que la suspensión de la norma, expedida el pasado 20 de abril, afecta directamente la operación del Sistema General de Pensiones, al bloquear el traslado de recursos desde administradoras privadas hacia Colpensiones.
De acuerdo con el pronunciamiento oficial, la decisión judicial del 11 de mayo genera un impacto grave en el sistema, ya que los afiliados que hicieron uso de la ventana de traslado prevista en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 no podrán consolidar su situación pensional bajo el Régimen de Prima Media, debido a que los recursos necesarios para financiar sus pensiones no pueden ser transferidos.
El Gobierno advirtió que esta situación crea un escenario en el que Colpensiones no puede asumir el pago de mesadas pensionales, dado que los ahorros de los afiliados permanecerían en fondos privados. “No resulta financieramente sostenible ni jurídicamente exigible a Colpensiones el pago de obligaciones pensionales si los recursos destinados a financiarlas continúan atrapados en una administradora privada”, señalaron los ministerios.
Asimismo, el Ejecutivo cuestionó que la suspensión del decreto se sustente en la Ley 2381 de 2024, la cual —según indicó— no se encuentra vigente al haber sido suspendida previamente por la Corte Constitucional. En ese sentido, recordó que el marco normativo aplicable sigue siendo el de la Ley 100 de 1993, que prohíbe la doble afiliación a regímenes pensionales.
El comunicado también advierte que la decisión del alto tribunal “bloquea al sistema”, al impedir la ejecución de una norma que buscaba garantizar la estabilidad financiera y la adecuada operación del sistema pensional en medio del proceso de traslados.
Pese a la controversia, el Gobierno reiteró que los recursos involucrados mantienen su destinación exclusiva para la seguridad social y el pago de pensiones, y subrayó que la sostenibilidad financiera del sistema, consagrada en el artículo 48 de la Constitución, se ve comprometida con la suspensión total del decreto.
Finalmente, las carteras insistieron en que la medida adoptada por el Consejo de Estado representa un riesgo mayor para los afiliados que el que se pretendía evitar, al dejar en incertidumbre el pago de sus pensiones mientras no se permita el traslado efectivo de los recursos necesarios para su financiación.
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