Tribunal Administrativo ratifica legalidad del proceso de enajenación de acciones de EPM en UNE
El Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó en segunda instancia la legalidad del proceso de enajenación de las acciones de UNE EPM Telecomunicaciones, desestimando de manera definitiva la acción popular que había sido interpuesta en contra de este procedimiento. La decisión judicial, respaldad
El Tribunal Administrativo de Antioquia confirmó en segunda instancia la legalidad del proceso de enajenación de las acciones de UNE EPM Telecomunicaciones, desestimando de manera definitiva la acción popular que había sido interpuesta en contra de este procedimiento.
La decisión judicial, respaldada por el concepto emitido por el Ministerio Público, determinó que no hubo vulneración ni amenaza a los derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público, argumentos que habían sido expuestos por la parte demandante.
En su análisis, el Tribunal concluyó que el trámite se ajustó a lo establecido por la Ley 226 de 1995 y a la jurisprudencia vigente en esta materia. La providencia precisó que mientras el artículo 8 de esta norma aplica para procesos de enajenación en el nivel nacional, para las entidades descentralizadas de carácter territorial, como Empresas Públicas de Medellín (EPM), se debe seguir el procedimiento especial contemplado en el artículo 17.
Con este fallo, se ratifica la transparencia y el rigor técnico con el que se llevó a cabo la autorización contenida en el Acuerdo Distrital 009 de 2024, que permitió la venta de la participación accionaria en UNE. La decisión refuerza además que la medida fue adoptada dentro de los lineamientos jurídicos, buscando proteger los intereses del patrimonio público de Medellín.
El pronunciamiento también tiene implicaciones políticas, pues respalda la determinación del Concejo Distrital que aprobó el acuerdo en mención. Según el fallo, la corporación actuó dentro de la legalidad y con fundamento en las normas aplicables al caso, lo que da tranquilidad frente a las críticas que habían cuestionado el proceso.
De esta manera, la providencia cierra un capítulo de incertidumbre en torno a la enajenación de las acciones de UNE, uno de los temas más debatidos en el ámbito local por la relevancia estratégica de la empresa y su impacto en las finanzas de EPM y del distrito.
El fallo constituye así un respaldo a la gestión adelantada y una confirmación de que el proceso cumplió con las exigencias normativas, despejando dudas sobre la validez de la decisión y reiterando que la actuación tuvo como propósito garantizar el cuidado del patrimonio público.


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