IGAC modificó resolución sobre gestión catastral y habilita ajustes en incrementos
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) expidió la Resolución 0384 de 2026, con la que introduce ajustes a la normativa vigente sobre gestión catastral. La medida permite a las direcciones territoriales modificar los porcentajes de incremento para la vigencia 2026, bajo criterios técnicos definidos por la entidad.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) expidió la Resolución 0384 del 9 de abril de 2026. Este documento adiciona un parágrafo a la Resolución 2057 de 2025. La adición permite realizar ajustes en los porcentajes de incremento de la información catastral para la vigencia 2026. La medida busca establecer un marco para la aplicación de los incrementos catastrales.
El director del IGAC, Gustavo Adolfo Marulanda Morales, adoptó esta disposición. La resolución establece lineamientos específicos para la actualización de la base catastral. El objetivo de estos lineamientos es asegurar la coherencia de la información catastral que se gestiona y difunde.
El IGAC recordó que la gestión catastral constituye un servicio público. El Estado colombiano es el encargado de prestar este servicio. La gestión catastral abarca diversas operaciones. Estas operaciones incluyen la formación, la actualización, la conservación y la difusión de la información relacionada con los inmuebles en el territorio nacional.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi ejerce la función de autoridad catastral. La responsabilidad de la gestión catastral recae en el IGAC en el territorio donde no existan gestores catastrales habilitados.
La Resolución 0384 introduce el Parágrafo 3° al artículo 2° de la Resolución 2057 de 2025. Este parágrafo otorga la facultad a las direcciones territoriales del IGAC para ajustar los porcentajes de incremento definidos en el artículo 2° de la Resolución 2057 de 2025. Esta facultad se ejerce mediante un acto administrativo.
Las Direcciones Territoriales del IGAC podrán ajustar los porcentajes de incremento definidos. El propósito de estos ajustes es garantizar la coherencia de los porcentajes y su correcta incorporación en la base catastral para la vigencia 2026. La aplicación de estos ajustes se realizará con base en la información disponible y los procedimientos establecidos.
La norma establece criterios para la realización de estos ajustes. Se incluye la obligación de sustentar los criterios de aplicación del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023. También se debe mantener la consistencia de la información catastral dentro del Sistema Catastral Nacional. Las direcciones territoriales deberán asegurar la coherencia entre los valores unitarios de terreno y las zonas catastrales. Asimismo, aplicarán los incrementos sobre las zonas objeto de ajuste, siguiendo los procedimientos definidos.
El documento señala que la resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial. La resolución entra en vigor a partir de la fecha de su publicación. La medida busca la aplicación de los incrementos catastrales conforme a la normativa vigente, permitiendo una adaptación a las condiciones específicas de cada territorio.

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