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Decreto del Ministerio del Interior genera controversia al restringir la cobertura de prensa durante las elecciones

El Decreto 1702 de 2023, emitido por el Ministerio del Interior el 19 de octubre, ha desencadenado una controversia significativa debido a sus restricciones al cubrimiento de la prensa en el día de las elecciones. Esta medida ha suscitado preocupaciones en cuanto a su compatibilidad con los principi

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Redacción IFM
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Decreto del Ministerio del Interior genera controversia al restringir la cobertura de prensa durante las elecciones

El Decreto 1702 de 2023, emitido por el Ministerio del Interior el 19 de octubre, ha desencadenado una controversia significativa debido a sus restricciones al cubrimiento de la prensa en el día de las elecciones. Esta medida ha suscitado preocupaciones en cuanto a su compatibilidad con los principios constitucionales relativos a la libertad de expresión y ha suscitado inquietudes sobre el derecho a ser informado ya informar a la ciudadanía durante los procesos electorales.

Una de las disposiciones más controvertidas del Decreto es el artículo 4, que prohíbe «entrevistas con multas político-electorales a través de radio, prensa y televisión» durante el día de las elecciones. Esta restricción, según críticos como la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), plantea dudas sobre su arbitrariedad, ya que no ofrece criterios precisos para distinguir entre entrevistas político-electorales y aquellas que no lo son.

El artículo 13 del Decreto también ha generado preocupación, ya que limita a los medios de comunicación a proporcionar información de orden público confirmada previamente por fuentes oficiales durante la jornada electoral. Esto afecta la periodística laboral, ya que implica que las fuentes de información no autorizadas no pueden ser utilizadas. La FLIP argumenta que esta restricción coarta el ejercicio periodístico, ya que la ciudadanía no tiene acceso a información verificada de manera oportuna.

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Además, el Decreto establece que el uso de dispositivos móviles y cámaras está prohibido en los centros de votación desde las 8 am hasta las 4 pm, y solo se permitirá el uso de estos dispositivos para los medios de comunicación tras coordinación con la Registraduría Nacional del Estado civil. Esto también ha sido criticado por restringir el derecho de los ciudadanos a observar el proceso electoral y mediar el cubrimiento de las elecciones a través de una autorización previa.

La FLIP hace un llamado al Ministerio del Interior para que revise el Decreto y lo ajuste de acuerdo a los principios constitucionales que garantizan la libertad de expresión y de prensa. Además, se espera que la Registraduría, la Policía y el Consejo Nacional Electoral (CNE) aseguren que los periodistas puedan llevar a cabo su labor sin obstáculos ni represalias durante las elecciones.

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