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Corte Suprema ratifica controversial condena a exfuncionarios del gobierno Uribe por el caso de las “chuzadas” del DAS

En una decisión controversial, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó este martes la condena a seis años de prisión contra Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico, y César Mauricio Velásquez, exjefe de prensa del gobierno de Álvaro Uribe Vélez.

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Redacción IFM
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Corte Suprema ratifica controversial condena a exfuncionarios del gobierno Uribe por el caso de las “chuzadas” del DAS

En una decisión controversial, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó este martes la condena a seis años de prisión contra Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico, y César Mauricio Velásquez, exjefe de prensa del gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Ambos fueron hallados culpables de violar sus deberes al colaborar en una presunta estrategia de desprestigio contra magistrados de la Corte Suprema de Justicia durante el escándalo de las “chuzadas” ilegales del DAS.

Un proceso judicial de más de una década

El caso, que comenzó hace más de 15 años, ha atravesado múltiples instancias. Inicialmente, el Juzgado 56 de Conocimiento de Bogotá absolvió a Del Castillo y Velásquez en 2021. Sin embargo, tras la apelación, el Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo y los condenó a cinco años y tres meses de prisión. Ahora, con la revisión en casación, la Corte Suprema ajustó la condena a seis años, cerrando el caso en el ámbito judicial colombiano.

Acusaciones graves

La Fiscalía General de la Nación señaló que Del Castillo y Velásquez participaron en reuniones en la Casa de Nariño, donde se utilizó información recolectada ilegalmente por agentes del DAS. Según el ente acusador, los exfuncionarios habrían diseñado un plan para desprestigiar a magistrados vinculándolos con el empresario huilense Ascencio Reyes, señalado de actividades delictivas.

Entre las pruebas clave se encuentra la denominada Operación Paseo, en la que agentes del DAS infiltraron y fotografiaron un homenaje al magistrado Yesid Ramírez en Huila, evento que supuestamente habría sido patrocinado por Reyes. También se les acusó de intentar desacreditar al entonces magistrado auxiliar Iván Velásquez, quien lideraba investigaciones contra figuras políticas de alto perfil, incluido Mario Uribe Escobar, primo del expresidente Uribe.

Otro elemento controvertido fue el caso de “Tasmania”, alias de un exparamilitar que inicialmente acusó a magistrados auxiliares de ofrecerle beneficios judiciales para implicar al presidente Uribe y a su círculo cercano, pero que luego se retractó, denunciando haber sido manipulado. Durante este tiempo se produjo la controversial chuzada y filtración de un audio del expresidente Uribe molesto a uno de sus colaboradores; sin embargo, la chuzada a Uribe no fue investigada y no tuvo la misma enérgica molestia de los sectores que acusaron a Del Castillo y Velásquez por las chuzadas del DAS a los magistrados.

Es de recordar que el proceso que hoy tiene ad portas de etapa de juicio al expresidente Álvaro Uribe, también tiene a su alrededor, audios y chuzadas ilegales a su celular y que extrañamente la juez del caso ha aceptado como pruebas, mostrando una presunta irregularidad e inequidad en la aplicación de la normatividad a la carga probatoria en la justicia, según lo han denunciado los abogados defensores del exmandatario.

Todo deja entrever que en el caso de Del Castillo y Velásquez, se orienta a la presunta persecución judicial sistemática contra todo lo que representó el gobierno Uribe, en donde varios miembros del Gobierno han sido vinculados a diferentes casos, al parecer, como venganza por su vehemente ataque a los grupos terroristas y quienes se estaban tomando el país en su momento. El accionar de Uribe y sus funcionarios, dejaron una larga lista de enemigos que al parecer influyen en decisiones de justicia política, señalan cercanos a los despachos de la defensa de varios de estos exfuncionarios.

Reacciones y polémica

En diálogo con IFMNOTICIAS, César Mauricio Velásquez reiteró su inocencia y aseguró que nunca participó en actividades ilícitas. Según Velásquez, su trabajo como Jefe de Prensa consistía únicamente en manejar información de carácter público. Por eso fue invitado al final de una reunión para conocer lo que debía procesar públicamente, pero no participo de ninguna trama; por ello fue declarado inocente en un primer momento, pero luego en las otras instancias, por el solo hecho de haber estado presente en parte de una reunión, terminaron acusándolo y declarándolo culpable, explica.

Velásquez, reside en el exterior hace más de 14 años, siendo evidente su desconexión de la política colombiana, mientras refuerza su argumento de no haber tenido injerencia en estos hechos.

Velásquez señaló que su defensa continuará la batalla jurídica para seguir demostrando su inocencia.

Un fallo controvertido

El caso sigue siendo objeto de debate debido a los cuestionamientos sobre la imparcialidad en su manejo. Durante el proceso, los acusados recusaron a los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema, señalando posibles prejuicios y conflictos de interés, especialmente relacionados con el magistrado Hugo Quintero Bernate; quien había participado en casos previos vinculados al DAS.

Lo que la sala de Conjueces ha planteado, en criterio de varios analistas jurídicos, es ilógico y no tiene fundamento, pues fue precisamente lo que el Juez del juicio del 2021 desechó y por eso los absolvió.

Este fallo no está desprovisto del fantasma de las dudas, pues la sala de conjueces era originalmente de 9 integrantes, pero el pasado miércoles 27 de noviembre, no de los conjueces de manera extraña renunció. Con la misma extrañeza, este magistrado no fue remplazado, así que la decisión realmente fue tomada por ocho integrantes. Cabe anotar que el magistrado que renunció, Héctor Alfonso Carvajal, habría sido en el pasado, abogado del expresidente Gustavo Petro.

Según las fuentes, el hecho que solo 8 conjueces tomen la decisión ya vicia el fallo, pues la normatividad y la ley, contempla que para estos casos, la sala debe ser de 9 conjueces y justo uno renunció ese día. Pero ese mismo día otro de los conjueces se habría declarado impedido. No obstante, la sala de conjueces continuó su deliberación, según indican fuentes de los defensores, que señalan que esto solo deja ver que no hubo garantías en la última parte del proceso.

Otros hechos curiosos que cuestionan el fallo, es que la decisión se habría tomado el mismo miércoles 27, pero solo se expidió un comunicado el 29 de noviembre anunciando que el 3 de diciembre se daría a conocer la decisión como efectivamente ha ocurrido, pero queda en duda cuando fue realmente la fecha de la toma de decisión y si este juego de fechas solo se hizo para evitar que la defensa de los exfuncionarios pudieran interponer acciones.

Este juego de fechas tiene otro elemento que llama la atención y es que durante estas fechas el caso de Velásquez debió precluir y quedar en archivo, por lo que sin la claridad, no se sabe si fue un fallo en derecho o entre prisas. Según fuentes de los despachos de la defensa de los exfuncionarios, una sala de conjueces solo se anunció con nombres propio el mismo día del fallo con las presuntas irregularidades ya mencionadas.

Para la defensa, el fallo se hizo por fuera de los tiempos, es decir, luego que el caso precluyera, pero que precisamente el juego de fechas tiene apariencia de reacomodarlas para buscar solo perjudicar a los exfuncionarios.

Se desconoce como será la aplicación del fallo tanto para Del Castillo como para Velásquez, quien tiene su vida en el exterior, en donde la justicia colombiana no tiene jurisdicción.

La confirmación de esta condena reaviva tensiones políticas y jurídicas en Colombia, dejando a la opinión pública dividida sobre si se trata de justicia plena o un nuevo capítulo de persecución política.

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