Minsalud amplía plazos de habilitación para las IPS de 16 departamentos tras el terremoto de agosto
Con la Resolución 002313 de 2026, el Ministerio de Salud otorga hasta seis meses adicionales para la autoevaluación de los prestadores y aplaza las visitas de verificación de las secretarías de salud hasta 2027, en los territorios más afectados por el sismo del 10 de agosto.
Qué ordena la resolución
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el 5 de octubre de 2026 la Resolución 002313, firmada por la ministra Ana María Vesga Gaviria, que fue publicada en el Diario Oficial el 7 de octubre y rige desde esa fecha. La norma modifica de forma transitoria la Resolución 3100 de 2019, que reglamenta la inscripción de los prestadores de servicios de salud (clínicas, hospitales, consultorios y laboratorios) y la habilitación de sus servicios, es decir, el conjunto de requisitos mínimos que deben cumplir para poder atender pacientes.
El primer cambio recae sobre el artículo 5. Los prestadores de los departamentos cobijados disponen de hasta seis meses, contados desde la publicación, para realizar la autoevaluación periódica de sus condiciones de habilitación y declararla en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS). Esa autoevaluación es un requisito previo para renovar anualmente la inscripción.
Nuevo calendario de visitas
El segundo cambio afecta al artículo 17 y se dirige a las secretarías de salud departamentales y distritales, encargadas de verificar en terreno que las instituciones cumplan los estándares. Según el texto oficial, los nuevos plazos son los siguientes: el plan de visitas de 2026 podrá ejecutarse hasta el 31 de marzo de 2027; el plan anual de 2027 deberá formularse a más tardar el 28 de febrero de 2027 y registrarse en el REPS hasta el 20 de marzo de 2027; y su ejecución se hará entre abril y diciembre de 2027. Las entidades territoriales podrán realizar visitas adicionales cuando lo consideren necesario.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeDepartamentos incluidos
De acuerdo con los artículos de la resolución, la medida aplica a Antioquia, Caldas, Caquetá, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Norte de Santander, Bolívar, Nariño, Santander y Sucre. Un análisis de Consultorsalud señala que los considerandos de la norma mencionan a Putumayo, que no figura en la parte resolutiva, por lo que el alcance efectivo lo determina el listado de los artículos.
El motivo: sismo y emergencia
La resolución explica que el terremoto del 10 de agosto de 2026, con epicentro en San José del Palmar (Chocó), motivó la declaratoria de desastre nacional mediante el Decreto 1171 de 2026 y la de emergencia económica, social y ecológica mediante el Decreto 1261 de 2026, posteriormente modificado por el Decreto 1348. Según el Ministerio, los prestadores y las autoridades sanitarias han tenido que priorizar personal, recursos operativos y capacidad técnica para atender el aumento de la demanda, y la infraestructura física, tecnológica y operativa sufrió daños que dificultan el cumplimiento de los cronogramas administrativos.
Lo que no cambia
La propia norma precisa que no se trata de una extensión general de todos los procedimientos de habilitación. Los prestadores deben seguir cumpliendo de manera continua las condiciones de habilitación; si la autoevaluación evidencia que un servicio no cumple, la institución no podrá registrarlo, ofertarlo ni prestarlo. Además, las autoridades sanitarias conservan sus facultades de inspección, vigilancia y control, incluidas las medidas sanitarias de seguridad, y la Superintendencia Nacional de Salud deberá verificar el cumplimiento de las nuevas reglas sobre los planes de visitas.
Contexto normativo
La resolución llega después de que la Resolución 2080 del 8 de septiembre de 2026 revocara la Resolución 1732 de 2026, que buscaba actualizar el régimen de habilitación. Mientras se prepara una nueva actualización, sigue vigente el esquema anterior, con los ajustes transitorios ahora publicados. El Ministerio había puesto a consideración un proyecto de resolución sobre este asunto a finales de agosto, y en su versión preliminar hablaba de 15 departamentos.
Preguntas y respuestas de contexto
¿En qué consiste la nueva medida del Ministerio de Salud?
A través de la Resolución 002313 de 2026, el Gobierno otorgó seis meses adicionales para que las IPS realicen su autoevaluación de habilitación y aplazó las visitas de verificación de las secretarías de salud hasta 2027.
¿Por qué se tomó la decisión de ampliar estos plazos?
La medida responde a la emergencia causada por el terremoto del 10 de agosto de 2026, que obligó a los centros médicos y autoridades a priorizar la atención de pacientes y la reparación de infraestructura dañada.
¿Qué departamentos están cobijados por esta resolución?
La norma aplica para 16 departamentos, entre los que se encuentran Antioquia, Valle del Cauca, Caldas, Quindío, Risaralda, Cundinamarca, Santander, Norte de Santander, Cauca, Nariño, Huila, Tolima, Chocó, Caquetá, Bolívar y Sucre.
Noticias relacionadas
El brote de ébola en la República Democrática del Congo supera los 9.000 casos confirmados y se perfila como el mayor de su historia
La República Democrática del Congo enfrenta su mayor brote de ébola con 9.066 casos confirmados y…
Diez minutos diarios de ejercicio moderado se asocian con un sueño más profundo, según la Universidad de Texas
Un análisis con datos de pulseras Fitbit en jóvenes sugiere que la frecuencia del ejercicio, y no…
Colombia activa la vigilancia sanitaria por El Niño: hospitales, laboratorios y alertas por calor, humo y enfermedades transmitidas por vectores
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud (INS) reforzaron la preparación del sistema…