Congreso le pone freno a polémico artículo de la reforma a la justicia: Reducción de penas para asesinos de menores
El Congreso de la República tomó una decisión crucial en el marco de la reforma a la justicia, en cuanto a la eliminación del polémico artículo que permitía rebajas de penas para los agresores de menores, incluidos violadores y asesinos de niños.
El Congreso de la República tomó una decisión crucial en el marco de la reforma a la justicia, en cuanto a la eliminación del polémico artículo que permitía rebajas de penas para los agresores de menores, incluidos violadores y asesinos de niños.
Tras un intenso debate y el rechazo de diversos sectores, los ponentes decidieron retirar esta propuesta del proyecto de ley, argumentando que vulneraba los derechos de los menores en el país.
La propuesta, que causó indignación y rechazo en la opinión pública, pretendía otorgar beneficios penales a individuos condenados por delitos atroces contra niños.
Los congresistas, al reconocer el impacto negativo de esta medida, afirmaron que cualquier disposición que disminuya las condenas de agresores de menores va en contravía de los principios de protección establecidos en la Constitución y en las leyes colombianas.

Consejo de Política Criminal advierte riesgos para los derechos de los niños
A la polémica se suma el pronunciamiento del Consejo de Política Criminal (CSPC), que advirtió sobre el “riesgo de vulneración” de los derechos de los niños si se aprobaban estos beneficios para sus agresores.
Según el concepto emitido, el Consejo apoya en términos generales la reforma, pero señala que el artículo propuesto representa una amenaza para la integridad de los menores.
“Eliminar limitantes para lograr acuerdos y negociaciones en delitos relacionados con Niños, Niñas y Adolescentes tiene un riesgo de vulneración de los derechos de los niños, contemplados en el artículo 244 de la Constitución Política de Colombia”, menciona el documento.
Aunque el Consejo aboga por la “justicia premial” como una herramienta para descongestionar el sistema judicial, considera que este tipo de beneficios no debe aplicarse en casos tan graves.

Feminicidio y otros delitos graves: un debate ético y jurídico
El documento del CSPC destaca también el uso de beneficios penales en casos de feminicidio, argumentando que, si bien las leyes han prohibido tales subrogados, su aplicación ha resultado en la agilización de procesos judiciales.
“Desde la entrada en vigor de la ley, aproximadamente el 29.8% de los casos de feminicidio han concluido anticipadamente”, indica el texto. No obstante, la institución recalca que estos beneficios no deben extenderse a los delitos que atentan contra la vida y dignidad de los menores, dado el daño irreparable que ocasionan.

El Consejo de Política Criminal considera que, aunque la justicia premial es un recurso necesario para descongestionar los tribunales, es imperativo que se evalúe cuidadosamente qué delitos pueden acogerse a estos beneficios.
En el caso de los menores, el riesgo de vulneración de sus derechos prevalece, y la sociedad exige medidas que respalden su protección total.
Esta decisión representa un golpe para quienes defendían la reforma en su totalidad, y al mismo tiempo, una victoria para los defensores de los derechos de los niños.

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