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(OPINIÓN) Pedirle peras al olmo. Por: María Clara Posada

Militares investigados por la JEP ¿pueden estar seguros de que, al entrar a su sala, no llegan ya condenados?

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(OPINIÓN) Pedirle peras al olmo. Por: María Clara Posada

Las recientes declaraciones de Catalina Díaz Gómez, presidenta de la Sala de Reconocimiento de la JEP, plantean un problema que va mucho más allá de una simple diferencia de criterios jurídicos. En entrevista con El Espectador afirmó que la justicia penal militar “fue un mecanismo de encubrimiento” y sostuvo que permitirle revisar determinadas decisiones significaría retroceder décadas en materia de impunidad.

Y es que no estamos ante las palabras de una académica, una activista o una columnista, sino de una magistrada que participa directamente en procesos contra integrantes de la fuerza pública. Díaz ha demostrado que es una mujer llena de sesgos contra los militares. Cada vez que habla, esos sesgos se dejan entrever. Sus afirmaciones no se limitan a describir o cuestionar conductas individuales, sino que construyen una sospecha general sobre toda una institución. Pedirle objetividad parece, cada vez más, pedirle peras al olmo.

El problema no se circunscribe a negar que hayan existido casos de encubrimiento. Si existieron deben investigarse, individualizarse y sancionarse. El problema comienza, en cambio, cuando una juez transforma hechos determinados en una caracterización general de toda una jurisdicción, porque derecho debe hacer exactamente lo contrario: examinar conductas, pruebas, autores, circunstancias y responsabilidades individuales. Pero hay más.

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El problema se profundiza, cuando resulta que esa generalización proviene de quien participa en el Caso 03. Este mismo año, el general Mario Montoya recusó a Díaz alegando afectación de su imparcialidad por actuaciones anteriores dentro del macrocaso. La JEP, obviamente, rechazó la recusación y sostuvo que su participación obedecía al “ejercicio legítimo de sus competencias”. Esa decisión debe respetarse, claro está, pero precisamente por existir ese antecedente, la prudencia pública de la magistrada debería ser todavía mayor.

Tampoco es la primera vez que Díaz habla públicamente sobre asuntos que ella misma conoce judicialmente -aunque para este caso, Timochenko no haya salido a decirle que viola, ella sí la reserva como recientemente me refirió-. Recordemos que en 2024 declaró a El Espectador que las pruebas contra Montoya eran “muy robustas”, mientras el proceso continuaba su curso y el compareciente mantenía intacto su derecho a controvertir la imputación. Y entonces aquí aparece el mayor de los problemas. El político e institucional. La imparcialidad judicial no consiste únicamente en que el juez esté convencido de su propia neutralidad. Una democracia necesita también que quien será juzgado pueda confiar razonablemente en que encontrará un tribunal dispuesto a escuchar sus argumentos y valorar sus pruebas, y no una conclusión anticipada que posteriormente busca su demostración.

Además, resulta intelectualmente insostenible presentar la justicia penal militar como una anomalía. Brett J. Kyle y Andrew G. Reiter estudiaron los sistemas de justicia militar de 120 países durante más de dos siglos. La discusión internacional no ha consistido en escoger entre justicia militar o democracia, sino en determinar competencias, controles, independencia, debido proceso y límites. Robinson O. Everett comprendió perfectamente esa distinción. Profesor durante décadas en Duke y posteriormente presidente de la Corte de Apelaciones Militares estadounidense, dedicó buena parte de su vida académica a demostrar que especialidad no significa impunidad.

Los militares ejercen funciones excepcionales, operan bajo estructuras jerárquicas particulares y están sometidos a deberes que justifican conocimientos jurídicos especializados. Cuando existen graves violaciones, operan los límites constitucionales e internacionales. Hay, además, una paradoja difícil de soslayar. La propia magistrada Díaz ha escrito sobre la JEP destacando la “solidez y rigor probatorio” como fundamento de sus resultados. Precisamente ese presunto rigor que reivindica para su jurisdicción debería aplicarlo cuando habla de las demás: Quien exige pruebas debe hablar con pruebas. Quien exige individualizar responsabilidades no debería repartir responsabilidades colectivas. Quien reclama garantías para su propia jurisdicción debería reconocerlas también cuando se refiere a las instituciones que juzga.

La JEP tiene poderes extraordinarios sobre la libertad, el honor y la memoria histórica de quienes comparecen ante ella. Cuanto mayor es ese poder, mayor debe ser la contención de quienes lo ejercen. Un magistrado no solamente tiene el deber de ser imparcial. Tiene también el deber democrático de no dar razones fundadas para que aquellos a quienes juzga puedan preguntarse si ya fueron juzgados antes de entrar a la sala. Lamentablemente, después de escuchar a Catalina Díaz esa pregunta resulta inevitable para los militares que están en sus manos: si quien debe juzgarlos habla de sus instituciones desde generalizaciones y sospechas colectivas, ¿pueden estar seguros de que, al entrar a su sala, no llegan ya condenados?

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