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Tribunal canceló pasaportes diplomáticos de Juan Fernando Petro y su esposa tras acción judicial

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca cerró el proceso relacionado con los pasaportes diplomáticos otorgados a Juan Fernando Petro, hermano del presidente Gustavo Petro, y a su esposa Beth Levy Bethel, luego de que se confirmara la cancelación de los documentos por vía de una acción de cumplimi

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Redacción IFM
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Tribunal canceló pasaportes diplomáticos de Juan Fernando Petro y su esposa tras acción judicial

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca cerró el proceso relacionado con los pasaportes diplomáticos otorgados a Juan Fernando Petro, hermano del presidente Gustavo Petro, y a su esposa Beth Levy Bethel, luego de que se confirmara la cancelación de los documentos por vía de una acción de cumplimiento.

Cabe recordar que el pasado 1 de abril de 2024, IFMNOTICIAS dio a conocer en exclusiva que Juan Fernando Petro, hermano del presidente Gustavo Petro, y su esposa, Beth Levy Bethel, tenían en esa época en su poder pasaportes diplomáticos expedidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Según los registros obtenidos, estos documentos fueron emitidos el 13 de octubre de 2022 y tienen vigencia hasta el 15 de enero de 2025, a pesar de que ninguno de los dos cumple con los requisitos legales para obtenerlos.

De acuerdo con la Resolución 10077 de 2017, emitida por el mismo Ministerio, los pasaportes diplomáticos están reservados únicamente para quienes ocupan determinados cargos del Estado. Entre ellos se encuentran el Presidente de la República y sus hijos, el vicepresidente, ministros, directores de departamentos administrativos, altos mandos militares y otras figuras específicas del aparato estatal. Ni el hermano del mandatario ni su cónyuge aparecen contemplados en dicha norma.

IFMNOTICIAS también confirmó en su momento que la calidad de “Alto Comisionado de Paz” mencionada por Juan Fernando Petro no correspondía al cargo de “Alto Comisionado de Paz del Gobierno Nacional”, el único facultado por la resolución para recibir este tipo de pasaporte.

Consultado por este medio, Juan Fernando Petro insistió en su versión: “sencillo, al ser alto comisionado del cuerpo de paz internacional mi cargo era diplomático”. Sin embargo, al ser preguntado por la comisión específica a la que pertenecía y cómo se relacionaba esto con la normativa del Estado colombiano, el hermano del presidente respondió: “perdón, pero me parece que ya están pasando la raya de lo simplemente informativo a lo privadamente personal”.

De allí que siete meses después de que se conociera el caso públicamente, y fuera necesaria una actuación judicial, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedió a anular los pasaportes expedidos sin cumplir con los requisitos legales.

Según indicó la Cancillería en su respuesta al Tribunal, la decisión de cancelar los documentos se ejecutó el 4 de noviembre de 2024 bajo la causal de «falta de derecho del titular», como lo establece el artículo 16 de la Resolución 6888 de 2021. Esta resolución regula la expedición de pasaportes diplomáticos en Colombia.

El abogado Camilo Araque, quien interpuso la acción de cumplimiento, sostuvo que el Gobierno no actuó con diligencia frente a este caso. “La acción de cumplimiento busca que las autoridades públicas acaten lo que dice la Constitución, la ley y los actos administrativos. En este caso, se logró establecer a partir de los diferentes medios de comunicación que registraron el tema, que el presidente Petro dio a través de la Cancillería a dedo pasaportes diplomáticos a sus familiares y cercanos”, señaló Araque.

El proceso judicial fue iniciado luego de que no se registrara ninguna respuesta oficial clara por parte del Ejecutivo frente al otorgamiento de los pasaportes diplomáticos a los familiares del mandatario.

Aunque el Tribunal dio por terminado el caso el pasado 10 de abril, el abogado Araque anunció que impugnará la decisión ante el Consejo de Estado. Argumenta que la sentencia no analizó de forma integral la totalidad de pasaportes diplomáticos expedidos durante el actual gobierno, ni compulsó copias a funcionarios involucrados ni a beneficiarios del trámite.

Con este fallo, el Tribunal declaró que el objeto de la acción quedó superado por la cancelación efectiva de los pasaportes, sin pronunciarse sobre sanciones o responsabilidades adicionales.

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