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Quedó en firme la condena de 28 años que el Tribunal Superior de Antioquia impuso a Santiago Uribe por el caso de Los 12 Apóstoles

La Corte Suprema de Justicia ha negado la tutela con la que la defensa de Santiago Uribe Vélez buscaba reabrir el debate en casación, cerrando así la vía judicial ordinaria contra la condena de 28 años impuesta por el Tribunal Superior de Antioquia por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado.

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Redacción IFM
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Quedó en firme la condena de 28 años que el Tribunal Superior de Antioquia impuso a Santiago Uribe por el caso de Los 12 Apóstoles

La Corte Suprema de Justicia ha negado la tutela interpuesta por la defensa de Santiago Uribe Vélez, con la cual se buscaba reabrir el debate en casación. Esta decisión cierra la vía judicial ordinaria contra el fallo de segunda instancia emitido por el Tribunal Superior de Antioquia, que lo condenó por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado.

El proceso judicial contra Santiago Uribe Vélez ha transitado por diversas etapas. Inicialmente, el 13 de noviembre de 2024, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia emitió una sentencia absolutoria a favor de Uribe Vélez y ordenó su libertad. Esta decisión fue objeto de apelación por parte de la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio Público y la parte civil.

Posteriormente, el 25 de noviembre de 2025, la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución dictada en primera instancia. En su lugar, el Tribunal declaró a Santiago Uribe Vélez responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. Como consecuencia de esta determinación, se le impuso una pena de 340 meses de prisión, equivalentes a 28 años y 4 meses. Adicionalmente, la condena incluyó una multa de 6.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, una inhabilidad de 20 años para ejercer derechos y funciones públicas, y una prohibición de 54 meses para la tenencia o porte de armas.

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El expediente judicial en cuestión se encuentra directamente relacionado con las actividades de Los 12 Apóstoles, un grupo paramilitar que operó en el norte del departamento de Antioquia durante la década de los años noventa. La víctima del homicidio por el cual Santiago Uribe Vélez fue condenado es Camilo Barrientos, quien se desempeñaba como conductor de un bus escalera. El asesinato de Barrientos ocurrió en el año 1994, en la vía que conecta los municipios de Yarumal y Campamento, en Antioquia.

Dado que la primera condena en este proceso se produjo en segunda instancia, la defensa de Santiago Uribe Vélez hizo uso del mecanismo de impugnación especial. Este recurso judicial está diseñado para garantizar que una persona que es condenada por primera vez en una instancia superior pueda solicitar que otro juez revise la legalidad y el sustento de dicho fallo. A comienzos de junio de 2026, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió este recurso, confirmando la condena en su totalidad. Dos días después de esta decisión, la misma Sala rechazó de plano la demanda de casación que también había sido presentada por la defensa.

La acción de tutela negada por la Corte Suprema de Justicia se dirigió precisamente contra el rechazo de la demanda de casación. La defensa de Santiago Uribe Vélez argumentó que la Corte había cerrado el trámite antes de que se pudieran sustentar los cargos correspondientes. Asimismo, sostuvo que se aplicó una regla de la Ley 906 de 2004, que rige el sistema penal acusatorio, a un proceso que fue tramitado bajo la Ley 600 de 2000, correspondiente al sistema penal mixto. En consecuencia, la defensa alegó la vulneración de derechos fundamentales como el debido proceso, la libertad, la igualdad y el acceso a la administración de justicia, solicitando la suspensión de la ejecución de la pena impuesta.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, al estudiar la tutela, concluyó que la Sala Penal no actuó de manera arbitraria ni caprichosa en su decisión. La Corte explicó que la casación procede contra las sentencias de segunda instancia emitidas por los tribunales, pero no contra las decisiones que la propia Corte adopta al resolver una impugnación especial. La Sala Civil enfatizó que admitir un recurso de casación en este escenario equivaldría a crear una tercera instancia judicial, la cual no está contemplada en la legislación colombiana.

El alto tribunal también recordó que la acción de tutela contra providencias judiciales es un mecanismo de carácter excepcional. Su propósito no es reemplazar al juez natural, reabrir asuntos que ya han sido decididos ni convertirse en un recurso extraordinario que no existe en el ordenamiento jurídico. La Corte añadió que la simple inconformidad con la interpretación de un juez no constituye, por sí misma, una violación de derechos fundamentales que justifique la intervención de la tutela.

Con la firmeza de esta decisión, la vigilancia de la pena impuesta a Santiago Uribe Vélez pasará a ser responsabilidad de los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad. Según la información disponible, Uribe Vélez permanece recluido en una guarnición militar ubicada en Rionegro, Antioquia. Las partes involucradas aún tienen la posibilidad de impugnar el fallo de tutela. En caso de que no se presenten impugnaciones, el expediente será remitido a la Corte Constitucional, la cual tendrá la potestad de seleccionarlo o no para una eventual revisión.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez, hermano del condenado, se pronunció sobre la decisión en su cuenta de X, calificándola como un tema "devastador" para su familia. Desde el inicio del proceso, la defensa de Santiago Uribe Vélez ha mantenido la postura de que su cliente es inocente de los cargos imputados.

Preguntas y respuestas de contexto

¿Qué decisión final tomó la Corte Suprema de Justicia sobre el caso de Santiago Uribe Vélez?

La Corte Suprema de Justicia negó una tutela interpuesta por la defensa de Santiago Uribe Vélez, dejando en firme la condena de 28 años impuesta por el Tribunal Superior de Antioquia.

¿Por cuáles delitos fue condenado Santiago Uribe Vélez?

Fue condenado por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, en relación con las actividades del grupo paramilitar Los 12 Apóstoles.

¿Quién fue la víctima del homicidio por el que se le condenó?

La víctima fue Camilo Barrientos, un conductor de bus escalera asesinado en 1994 en la vía entre Yarumal y Campamento, Antioquia.

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