Juez dictó condena contra Álvaro Uribe, se concedió prisión domiciliaria y 12 años de pena principal
La juez 44 penal del circuito con funciones de conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia, leyó este viernes la parte resolutiva de la sentencia en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez, en un fallo que lo declara penalmente responsable por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación pena
Álvaro Uribe Vélez, expresidente de la República, recibió este viernes 1 de agosto, una sentencia condenatoria por parte del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá. En una decisión que marca un hito jurídico en el país, se ordenó una pena principal de 144 meses de prisión, equivalente a 12 años.
Junto a esta decisión también fue impuesta una multa de 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad de 100 meses y 20 días para ejercer funciones públicas. La pena privativa de libertad se cumplirá bajo la figura del subrogado penal de prisión domiciliaria, conforme al artículo 38B del Código Penal colombiano.
La decisión se anunció formalmente en audiencia pública, durante la cual se presentaron múltiples intervenciones de las partes, incluyendo un cruce verbal entre el procesado y la jueza.
La resolución condena a Uribe Vélez a una pena principal de 144 meses de prisión, equivalentes a 12 años, una multa de 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo de 100 meses y 20 días.
Sin embargo, se le concedió el subrogado penal de prisión domiciliaria, conforme a lo estipulado en el artículo 38B de la Ley 599 de 2000, bajo el cumplimiento de las condiciones legales establecidas.
La parte resolutiva, leída textualmente, estableció: “Segundo: Condenar a Álvaro Uribe Vélez identificado con cédula de ciudadanía 70.041.053 de Medellín a la pena principal de 144 meses de prisión o lo que es lo mismo, 12 años de prisión, multa equivalente a 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinado penalmente responsable del delito de soborno en actuación penal en concurso homogéneo en concurso heterogéneo con fraude procesal en concurso homogéneo…”.
Se concedió la prisión domiciliaria bajo obligación de presentar póliza judicial por cuatro salarios mínimos. La vigilancia del cumplimiento de la medida quedará a cargo del centro de servicios judiciales de Rionegro, Antioquia, localidad donde reside el expresidente.
En el mismo fallo, la juez absolvió a Uribe de los cargos relacionados con el evento denominado “Pacho Cundinamarca”, específicamente en lo que respecta al testimonio de Harlington Mosquera, y del delito de soborno simple en el caso que involucraba a la exfiscal Hilda Niño Farfán.
Durante la audiencia, Uribe protestó por comentarios de la juez sobre la presunta filtración anticipada de la sentencia. Heredia mencionó que la decisión habría sido divulgada por medios de comunicación y, según ella, también por familiares del procesado, antes de que fuera leída oficialmente.
El expresidente respondió enérgicamente: “Usted me ha tratado a mí de la peor manera. Se lo he respetado, pero no le acepto que se meta con mi familia”.
La juez contestó: “Yo no me estoy metiendo con su familia y nunca lo haré. Siempre lo he respetado como persona y como quien ha dirigido nuestra Patria, pero estoy dejando constancia de lo ocurrido”.
El fallo quedó notificado en estado y procede recurso ordinario de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
La defensa de Uribe ya había anunciado que sustentará personalmente dicho recurso. El debate jurídico ahora se centrará en sí la condena podrá ser ejecutada de inmediato o si quedará suspendida hasta que la decisión sea confirmada o revocada por el tribunal.

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