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JEP imputó a nueve exjefes de las Farc por crímenes contra cinco pueblos indígenas de la Amazonía y la Orinoquía

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) atribuyó a nueve antiguos comandantes de los bloques Sur y Oriental de las Farc, entre ellos Milton Toncel, Jaime Parra y Julián Gallo, responsabilidad por al menos 44 hechos de violencia cometidos entre 1996 y 2016 contra los pueblos Korebajü, Siona, Hitnü, Jiw y Nükak Baká.

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Redacción IFM
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JEP imputa a nueve exjefes de las Farc por crímenes contra cinco pueblos indígenas de la Amazonía y la Orinoquía

Del antiguo Bloque Sur fueron llamados a responder Milton de Jesús Toncel Redondo, conocido como 'Joaquín Gómez'; Floresmiro Burbano, alias 'Martín Corena'; Fabián Ramírez Cabrera; Darío Lee Díaz; Luis Enrique Montes Ávila, alias 'Euclides Bermúdez'; Gustavo Cuéllar Pajoy, alias 'Manuel Político', y Liberman Imbachí Chilito. Del Bloque Oriental figuran Jaime Alberto Parra Rodríguez, alias 'Mauricio Jaramillo' o 'El Médico', y Julián Gallo Cubillos, conocido en la guerrilla como 'Carlos Antonio Lozada'.

Toncel, Parra y Gallo hicieron parte del último Secretariado de la extinta guerrilla. Según la providencia, a Gallo solo se le atribuyen el crimen de guerra de homicidio y el uso de minas antipersonal, mientras que Toncel, Burbano y Ramírez concentran el mayor número de cargos.

La Sala calificó los hechos como crímenes de lesa humanidad exterminio, asesinato, traslado forzoso, tortura, desaparición forzada y persecución y como crímenes de guerra, entre ellos homicidio, desplazamiento forzado, empleo de minas antipersonal y destrucción de la naturaleza como bien de carácter civil. La responsabilidad se imputa principalmente como coautoría mediata a través de un aparato organizado de poder, figura con la que se atribuyen los hechos a quienes, desde la cúpula, controlaban la estructura que los ejecutó. En los casos de tortura se invoca la responsabilidad del mando.

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La JEP identificó dos patrones. El primero, de control social y territorial, incluyó ataques contra autoridades, líderes y comuneros que se oponían a la guerrilla o eran señalados de colaborar con grupos rivales. El segundo, ligado a la conducción de hostilidades, abarcó la siembra de minas en territorios ancestrales y los daños ambientales.

Entre los hechos documentados está la masacre de 1997 en el resguardo San Luis, en Milán (Caquetá), donde siete hombres korebajü, entre ellos el cacique y varios maestros, fueron asesinados, hecho atribuido a los frentes 15 y 49. También se relacionan los desplazamientos de familias nükak en Guaviare en 2005, atribuidos al Frente 44, y el minado del resguardo Zio Bain Buenavista, en Puerto Asís (Putumayo), entre 2012 y 2014, atribuido al Frente 48.

De acuerdo con el Grupo de Análisis de la Información de la JEP, con corte a marzo de 2026 se registran 1.150 victimizaciones colectivas contra pueblos indígenas atribuibles a los dos bloques. La agencia EFE recogió el pronunciamiento del tribunal según el cual la violencia no solo dejó muertos, desaparecidos y desplazados, sino que puso en riesgo la supervivencia de estos pueblos.

La imputación no equivale a una condena. Los nueve comparecientes tienen 30 días hábiles, contados desde la notificación, para aceptar o rechazar su responsabilidad, controvertir los hechos y aportar pruebas. Si reconocen los crímenes, el trámite avanzará hacia una audiencia pública de reconocimiento y un proyecto de sanciones propias, que combinan restricción de libertades con trabajos restaurativos; si los niegan, el caso pasará a la Unidad de Investigación y Acusación, donde podrían enfrentar juicio adversarial y penas de hasta 20 años de prisión.

La decisión deberá notificarse, con enfoque étnico, a las autoridades de los cinco pueblos, acreditados como víctimas colectivas, así como a la Procuraduría General de la Nación. El magistrado Cantillo señaló que la providencia es un punto de partida y que las víctimas esperan que las sanciones orienten políticas públicas para sus territorios en Putumayo, Caquetá, Guaviare y Arauca, aunque advirtió que las condiciones de seguridad impiden hoy a la JEP ingresar a varias de esas zonas.

Preguntas y respuestas de contexto

¿A quiénes imputó la JEP y por qué razón?

La JEP imputó a nueve exjefes de los bloques Sur y Oriental de las Farc, incluyendo a Milton Toncel, Jaime Parra y Julián Gallo, por crímenes cometidos contra cinco pueblos indígenas de la Amazonía y la Orinoquía.

¿Qué tipos de crímenes se les atribuyen a los exjefes de las Farc?

Se les atribuyen crímenes de lesa humanidad como exterminio, asesinato, traslado forzoso, tortura, desaparición forzada y persecución, además de crímenes de guerra como homicidio, desplazamiento forzado y uso de minas antipersonal.

¿Cuál es el siguiente paso en el proceso judicial para los imputados?

Los nueve comparecientes tienen 30 días hábiles para aceptar o rechazar su responsabilidad. Si la aceptan, avanzarán a una audiencia pública de reconocimiento y sanciones restaurativas; si la niegan, el caso pasará a un juicio adversarial con posibles penas de hasta 20 años de prisión.

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