Dirección del INPEC recordó lineamientos sobre vocería institucional y atención a medios
El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) emitió una circular interna en la que establece que el director general será el único vocero oficial para informar sobre la situación penitenciaria del país. La entidad recordó que los funcionarios no podrán realizar declaraciones a los medios sin coordinación previa con el nivel central.
El documento, fechado el 14 de agosto de 2026 y dirigido a directores regionales, directores de establecimientos de reclusión del orden nacional, comandantes de vigilancia y demás funcionarios de la institución, recuerda las disposiciones vigentes relacionadas con la comunicación institucional y el manejo de la información oficial.
En la circular se indica que, debido a la ausencia temporal del director general, el Subdirector de Custodia y Vigilancia asumirá la vocería institucional cuando sea necesario. La entidad precisa que esta función se ejercerá únicamente durante el tiempo en que el director permanezca ausente y conforme a las disposiciones establecidas por la administración.
El INPEC también reiteró que los directores regionales, los directores de establecimientos de reclusión, los comandantes de vigilancia y los demás funcionarios deberán abstenerse de hacer declaraciones a los medios de comunicación sin una coordinación previa con el nivel central de la entidad.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeSegún el documento, la instrucción tiene como fundamento la necesidad de mantener un manejo unificado de la información relacionada con el sistema penitenciario y garantizar que las comunicaciones oficiales sean emitidas por los funcionarios autorizados.
La circular recuerda que actualmente se encuentra vigente el Manual de Voceros, identificado como PEC-M-02, instrumento institucional que establece las directrices para la atención de medios de comunicación y fija el procedimiento que debe seguir el personal autorizado para emitir declaraciones públicas.
De acuerdo con ese manual, únicamente los voceros autorizados por el Director General del INPEC están facultados para atender requerimientos de periodistas y medios de comunicación, así como para brindar información oficial en nombre de la institución.
El documento también hace referencia a la Resolución No. 006349 del 19 de diciembre de 2016, mediante la cual fue adoptado el Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional. En particular, la circular cita el Título VI, Capítulo II, correspondiente al sistema de información y periodismo institucional.
Asimismo, el instituto señala que dicho reglamento establece lineamientos relacionados con el ingreso de medios de comunicación a los establecimientos penitenciarios y con las disposiciones aplicables para el desarrollo de actividades periodísticas dentro de esos centros de reclusión.
La comunicación interna fue expedida por la Oficina Asesora de Comunicaciones del INPEC y distribuida entre las diferentes dependencias del instituto como recordatorio de las normas que regulan la comunicación institucional y la atención de solicitudes de información por parte de los medios.
Con estos lineamientos, la entidad ratifica que la vocería oficial sobre la situación penitenciaria del país corresponde al Director General del INPEC o, en caso de ausencia temporal, al Subdirector de Custodia y Vigilancia, mientras que cualquier pronunciamiento de otros funcionarios deberá contar con la coordinación previa del nivel central, conforme a las disposiciones vigentes sobre comunicación institucional y manejo de información oficial.

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