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Corte Suprema ordenó expedir boletas de libertad para Iván Name y Andrés Calle: el juicio por el caso Ungrd sigue en curso

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia ordenó expedir las boletas de libertad de los expresidentes del Senado y de la Cámara Iván Name y Andrés Calle, procesados por el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). La medida obedece a un vencimiento de términos y no constituye una absolución.

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Redacción IFM
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Corte Suprema ordenó expedir boletas de libertad para Iván Name y Andrés Calle: el juicio por el caso Ungrd sigue en curso

La Corte Suprema de Justicia concedió la libertad provisional a los excongresistas Iván Name y Andrés Calle, procesados por su presunta participación en hechos de corrupción relacionados con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). La determinación se fundamentó en el vencimiento de términos, debido a que la audiencia de juzgamiento no ha concluido dentro del plazo establecido por la legislación aplicable.

La decisión fue adoptada el 9 de octubre por las magistradas Socorro Mora Insuasty, ponente, y Blanca Nélida Barreto Ardila, tras estudiar las solicitudes presentadas por las defensas. La Sala aplicó el numeral 5 del artículo 365 de la Ley 600 de 2000, norma que contempla la libertad provisional cuando transcurre un año desde la ejecutoria de la resolución de acusación sin que se haya realizado la audiencia de juzgamiento, siempre que la demora no sea atribuible a maniobras dilatorias de los procesados o sus abogados.

En la providencia, la Corte explicó que el juicio continúa pendiente porque todavía se adelanta la práctica de pruebas ordenadas durante el proceso. Entre marzo y octubre de 2026, según el documento, fueron recibidos mediante comisión judicial los testimonios de 12 personas y se mantuvo la recolección de documentos relevantes para el expediente.

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El alto tribunal indicó que el retraso no obedecía a negligencia de la Sala ni encontró actuaciones dilatorias atribuibles a las defensas. En consecuencia, consideró que no estaban presentes las circunstancias que permitirían negar el beneficio solicitado.

La libertad, sin embargo, no se hace efectiva de manera automática. Cada excongresista debe constituir una caución prendaria equivalente a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, mediante depósito judicial en el Banco Agrario o una póliza de seguros.

Además, deberán suscribir un compromiso judicial conforme al artículo 368 de la Ley 600. Entre las obligaciones se encuentran comparecer ante las autoridades cuando sean requeridos y mantener actualizada la información sobre su ubicación. El incumplimiento de estas condiciones puede ocasionar sanciones económicas y la revocatoria del beneficio.

La medida tampoco representa una absolución ni el cierre de la investigación. El proceso penal continuará y la responsabilidad de los acusados deberá establecerse mediante una decisión judicial.

Name y Calle son investigados por presuntamente recibir sobornos cercanos a los 4.000 millones de pesos, relacionados con el contrato para suministrar carrotanques destinados al abastecimiento de agua en La Guajira. De acuerdo con las acusaciones, los recursos habrían sido entregados a cambio de favorecer el trámite de reformas impulsadas por el Gobierno de Gustavo Petro en el Congreso.

Entre los elementos que sustentan las hipótesis de la investigación figuran los testimonios de Olmedo López y Sneyder Pinilla, antiguos funcionarios de la Ungrd que han colaborado con la justicia.

Los dos excongresistas han rechazado los señalamientos. Mientras no exista una sentencia condenatoria en firme, ambos conservan la presunción de inocencia.

El expediente estuvo inicialmente a cargo del magistrado Jorge Emilio Caldas y posteriormente pasó al despacho de la magistrada Mora Insuasty, luego de finalizar el periodo de aquel funcionario.

En un asunto relacionado con el mismo escándalo, el presidente de la Corte Suprema, Iván Mauricio Lenis Gómez, respondió una comunicación de Sneyder Pinilla, quien solicitó garantías de seguridad después de su traslado desde una guarnición militar a la cárcel La Picota, en Bogotá.

Lenis explicó que la Presidencia de la Corte no tiene competencia para intervenir directamente en las actuaciones judiciales y señaló que la petición debe dirigirse a las autoridades correspondientes, entre ellas el juez de ejecución de penas, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) o la Sala Especial de Primera Instancia.

Pinilla fue condenado, mediante un preacuerdo con la justicia, a cinco años y ocho meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación.

La decisión sobre Name y Calle se produce mientras la Corte mantiene pendiente la práctica de pruebas necesarias para avanzar hacia la audiencia de juzgamiento.

Preguntas y respuestas de contexto

¿Por qué la Corte Suprema ordenó la libertad de Iván Name y Andrés Calle?

La decisión se tomó por vencimiento de términos, ya que transcurrió más de un año desde la resolución de acusación sin que se iniciara la audiencia de juzgamiento, sin que el retraso fuera atribuible a maniobras dilatorias de los procesados.

¿Qué condiciones deben cumplir para que se haga efectiva su libertad?

Cada excongresista debe pagar una caución de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y suscribir un compromiso judicial para comparecer ante las autoridades cuando sean requeridos.

¿De qué se les acusa en el escándalo de la Ungrd?

Son investigados por presuntamente recibir sobornos cercanos a los 4.000 millones de pesos a cambio de favorecer reformas del Gobierno en el Congreso, dinero que provendría del contrato de carrotanques para La Guajira.

¿Esta decisión significa que fueron declarados inocentes?

No, la medida no constituye una absolución ni el cierre de la investigación; el proceso penal continúa y su responsabilidad deberá establecerse en un juicio que sigue en curso.

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