Corte Constitucional tumbó emergencia económica decretada por el Gobierno Petro
Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 de 2025, con el que el Gobierno Petro había decretado la emergencia económica, social y ecológica.
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 (Nota: Verificar el año, ya que el contexto de 'había declarado' y 'a finales de 2025' sugiere un evento pasado, pero si el artículo se publica en 2024, 2025 es futuro. Si el artículo se publica en 2026, es correcto. Se recomienda confirmar la fecha exacta del decreto para evitar confusiones temporales), mediante el cual el Gobierno Petro había declarado la emergencia económica, social y ecológica en el país para adoptar medidas extraordinarias frente a la situación fiscal.
La decisión fue adoptada con una votación de seis magistrados a favor de tumbar la medida y dos en contra, con salvamentos de voto, y dejó sin efectos la declaratoria de estado de excepción expedida por el Ejecutivo a finales de 2025.
Cabe recordar que en detalle, la emergencia expedida por el gobierno Petro, señaló en su momento que la situación nacional alcanzaba un nivel grave e inminente que afectaba la capacidad del Estado para garantizar derechos fundamentales y la prestación de servicios públicos esenciales.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeEl Gobierno expuso que su medida se fundamentaba en ocho factores, entre los que incluyó el cumplimiento de un auto de la Corte Constitucional sobre la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del sistema de salud, el deterioro del orden público, el aumento del riesgo contra líderes sociales, defensores de derechos humanos y candidatos a cargos de elección popular y la no aprobación en el Congreso de dos proyectos de ley de financiamiento para 2025 y 2026, por montos de 12 y 16,3 billones de pesos, respectivamente. De igual manera, se abarcaron los efectos de la ola invernal declarada desastre nacional, las sentencias judiciales pendientes de pago y las obligaciones atrasadas en subsidios de servicios públicos y combustibles.
Sobre la decisión de la Corte, cabe recordar que el alto tribunal ya había suspendido provisionalmente el decreto a comienzos de 2026, tras considerar que existían dudas sobre su constitucionalidad y posibles afectaciones al equilibrio entre ramas del poder público, mientras se realizaba el estudio de fondo del caso.
Pero, en un análisis definitivo, la Corte concluyó que el Gobierno había acudido a un mecanismo excepcional para enfrentar problemas de carácter estructural, los cuales debían ser tramitados mediante los procedimientos ordinarios en el Congreso de la República, lo que llevó a declarar que la medida no se ajustaba a la Constitución.
El decreto además se hizo justo después de que el Congreso hundió una reforma tributaria impulsada por el Ejecutivo, y buscaba habilitar la recaudación de cerca de 11 billones de pesos a través de nuevos tributos. De igual manera, se recordó que la emergencia económica incluía incrementos en la carga impositiva al sector financiero, ajustes en el impuesto al consumo de determinados bienes, cambios en la tributación de compras en el exterior y nuevas contribuciones relacionadas con el sector energético.
El magistrado ponente, Carlos Camargo, sostuvo que el Ejecutivo habría desbordado las facultades constitucionales al justificar la emergencia, al señalar que se trataba de problemas que no correspondían a un estado de excepción y que debían resolverse dentro del marco legislativo ordinario, por su parte, el presidente Petro desde Quibdó expresó sobre la decisión que los querían “ahorcar” porque eran un Gobierno “diferente”.

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