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Condena de 28 años contra Santiago Uribe Vélez queda en manos de la Corte Constitucional tras perder una tutela en la Corte Suprema

La defensa del ganadero antioqueño, hermano del expresidente Álvaro Uribe, no impugnará el fallo con el que la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema negó su tutela, por lo que el expediente pasará a eventual revisión de la Corte Constitucional. Mientras tanto, la pena por el caso de "Los 12 Apóstoles" sigue en firme y en ejecución.

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Redacción IFM
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Condena de 28 años contra Santiago Uribe Vélez queda en manos de la Corte Constitucional tras perder una tutela en la Corte Suprema

Lo que decidió la Corte Suprema

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia negó la acción de tutela presentada por Santiago Uribe Vélez contra la Sala de Casación Penal del mismo tribunal. La decisión, identificada como STC19112-2026, tiene fecha del 30 de septiembre de 2026, fue conocida públicamente hasta ahora y tuvo como ponente al magistrado Fernando Augusto Jiménez Valderrama.

La defensa cuestionaba que, el 5 de junio de 2026, la Sala Penal hubiera rechazado “de plano”, es decir, sin estudiar el fondo, un recurso de casación interpuesto contra la confirmación de la condena, sin dar oportunidad de presentar la demanda con los cargos. Por esa vía pedía dejar sin efecto ese auto, suspender la ejecución de la pena y ordenar la libertad de su cliente, al considerar vulnerados el debido proceso, la libertad, la igualdad y el acceso efectivo a la justicia.

La Sala Civil concluyó que no hubo arbitrariedad ni una “vía de hecho”, término con el que la jurisprudencia se refiere a una decisión judicial abiertamente contraria a la ley o a la Constitución. Según el fallo, la Sala Penal ya había actuado como tribunal de cierre al resolver la llamada impugnación especial, y contra esa decisión no procede una casación adicional. Admitirla, indicó la corporación, equivaldría a crear una especie de tercera instancia que el ordenamiento no contempla.

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El recorrido del proceso

El caso está relacionado con “Los 12 Apóstoles”, una estructura paramilitar que operó en el norte de Antioquia en la década de 1990. El 13 de noviembre de 2024, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia absolvió a Uribe Vélez y ordenó su libertad. La Fiscalía, el Ministerio Público y los representantes de las víctimas apelaron esa decisión.

El 25 de noviembre de 2025, el Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución y lo condenó a 28 años y tres meses de prisión por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, este último relacionado con el asesinato de un conductor de bus. Además, le impuso una multa de 6.500 salarios mínimos, una inhabilitación de 20 años para ejercer funciones públicas y la prohibición de portar armas durante 54 meses.

Como se trataba de la primera condena en su contra, la defensa acudió a la impugnación especial, el mecanismo que garantiza la llamada “doble conformidad”: el derecho de toda persona condenada por primera vez en segunda instancia a que otro juez revise ese fallo. El 3 de junio de 2026, la Sala de Casación Penal confirmó en su integridad la sentencia del Tribunal. Uribe Vélez se entregó ese mes y cumple la pena en una guarnición militar en Rionegro, Antioquia.

¿Qué viene ahora?

Su abogado, Luis Felipe Henao Cardona, explicó que no presentarán impugnación contra el fallo de tutela, pero sostuvo que la decisión “no agota el debate constitucional”. Según el defensor, la discusión no busca reabrir las pruebas ni una tercera instancia, sino determinar si es constitucionalmente válido rechazar una casación antes de que se presente la demanda.

Todas las sentencias de tutela del país llegan a la Corte Constitucional, cuya Sala de Selección escoge de manera discrecional cuáles revisa, entre otros criterios, para unificar jurisprudencia o corregir posibles vulneraciones de derechos fundamentales. La mayoría de los expedientes no es seleccionada y, en ese caso, el fallo queda en firme; aun así, la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo o un magistrado pueden insistir en su revisión.

Si el caso fuera escogido, la Corte Constitucional solo analizaría si hubo vulneración de derechos fundamentales en el trámite, sin volver a valorar las pruebas ni la responsabilidad penal. Mientras ese tribunal no se pronuncie, la condena se mantiene vigente.

Preguntas y respuestas de contexto

¿Cuál es la situación jurídica actual de Santiago Uribe Vélez?

El ganadero cumple una condena de 28 años y tres meses de prisión en una guarnición militar por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado, relacionados con el grupo paramilitar 'Los 12 Apóstoles'.

¿Por qué el caso pasará a la Corte Constitucional?

Tras la negativa de la Corte Suprema de concederle una tutela, el expediente será remitido a la Corte Constitucional para una eventual revisión que determine si se vulneraron sus derechos fundamentales durante el proceso judicial.

¿Qué argumentó la Corte Suprema para negar la tutela?

La Sala Civil determinó que no hubo arbitrariedad al rechazar el recurso de casación, pues Santiago Uribe ya había contado con la 'impugnación especial' y admitir un nuevo recurso equivaldría a crear una tercera instancia inexistente en la ley.

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