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JEP condenó a 12 militares por 135 jóvenes asesinados en falsos positivos

La Sección de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz entregó en una sentencia condenas diferenciales contra 12 exmilitares por el asesinato de 135 jóvenes en casos de falsos positivos.

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Redacción IFM
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JEP condenó a 12 militares por 135 jóvenes asesinados en falsos positivos

La Sección de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió una sentencia con penas diferenciadas contra 12 exmilitares, responsables del asesinato de 135 jóvenes en el marco de casos conocidos como “falsos positivos”.

Los condenados pertenecían al Batallón de Artillería N.º 2 “La Popa”, con sede en Valledupar, y fueron hallados responsables de asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate, entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005.

Según el Tribunal de Paz, los exmilitares fueron responsables de 135 asesinatos en 77 hechos, que dejaron además 192 víctimas indirectas. Durante la lectura de la sentencia se indicó que cada uno tuvo participación en conductas especialmente graves y representativas, fundamentales para la ejecución y perpetuación del plan criminal.

Militares condenados y sus sanciones:

  • Guillermo Gutiérrez Riveros: 8 años por desaparición forzada, asesinato, tortura y persecución (crímenes de lesa humanidad) y homicidio en persona protegida (crimen de guerra).
  • Heber Hernán Gómez Naranjo: 6 años, 5 meses y 6 días por desaparición forzada y asesinato (crímenes de lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Efraín Andrade Perea: 6 años, 1 mes y 6 días por desaparición forzada, asesinato, persecución (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Manuel Valentín Padilla Espitia: 8 años por desaparición forzada, asesinato, persecución (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Carlos Andrés Lora Cabrales: 5 años, 10 meses por desaparición forzada, asesinato, tortura, persecución (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Eduart Gustavo Álvarez Mejía: 8 años por desaparición forzada, asesinato, tortura (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • José de Jesús Rueda Quintero: 6 años, 11 meses y 24 días por desaparición forzada, asesinato, persecución (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Elkin Leonardo Burgos Suárez: 5 años, 7 meses y 12 días por desaparición forzada, asesinato, tortura, persecución (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Elkin Rojas: 6 años, 1 mes y 12 días por desaparición forzada, asesinato, tortura, persecución (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Yeris Andrés Gómez Coronel: 7 años, 7 meses y 22 días por desaparición forzada, asesinato, tortura (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Juan Carlos Soto Sepúlveda: 6 años, 7 meses y 6 días por desaparición forzada, asesinato, tortura (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.
  • Alex José Mercado Sierra: 7 años por desaparición forzada, asesinato, tortura (lesa humanidad) y homicidio en persona protegida.

Las sanciones se cumplirán mediante el proyecto TOAR (Trabajo, Obras y Actividades con Reparación Restaurativa), parte del Plan Integral de Memorialización para la Costa Caribe. Uno de los compromisos será la construcción de un mausoleo de la memoria en el Cementerio del Ecce Homo de Valledupar, que incluirá 700 osarios con sus respectivas lápidas.

Adicionalmente, la sentencia solicita a las Fuerzas Militares retirar cualquier condecoración que haya sido otorgada a los condenados, como reconocimiento por los resultados operacionales que en realidad correspondían a ejecuciones extrajudiciales.

“La responsabilidad no recae únicamente en acciones individuales, sino que refleja una distorsión del orden institucional, alimentado por la debilidad democrática, la falta de controles y la ausencia sostenida del Estado en varias regiones del país”, afirmó la magistrada Ana Ochoa, quien también leyó, como homenaje, los nombres de las 135 víctimas.

Como establece el régimen de la JEP, y dado que los exmilitares aceptaron responsabilidad y aportaron verdad, las sanciones no contemplan privación de la libertad en centros penitenciarios.

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