Saltar al contenido

Reforma pensional superó examen de la Corte, pero nueve artículos deberán ser subsanados

La decisión mantiene en pie la estructura central del nuevo sistema, mientras congresistas y exfuncionarios expresaron posiciones encontradas frente al fallo.

IFMNOTICIAS-03
IFMNOTICIAS-03
4 min lectura
Escuchar artículo
Reforma pensional superó examen de la Corte, pero nueve artículos deberán ser subsanados

La decisión fue adoptada por la Sala Plena con siete votos a favor y uno en contra. El pronunciamiento permite mantener en pie el núcleo de la reforma, aunque deja al Congreso la tarea de revisar las disposiciones señaladas por el alto tribunal. La Cámara contará con 30 días para adelantar el procedimiento ordenado y posteriormente deberá remitir la documentación correspondiente a la Corte.

Entre los aspectos que permanecen dentro de la reforma se encuentra el sistema organizado bajo pilares, además de disposiciones relacionadas con la protección para personas que llegan a la vejez sin una pensión, el régimen de transición y otras medidas contempladas en la Ley 2381.

La decisión también establece como fecha prevista para la entrada en vigencia del nuevo sistema el 1 de abril de 2027, de acuerdo con los reportes conocidos tras el fallo. La aplicación de las disposiciones que fueron devueltas al Congreso quedará condicionada al trámite que adelante la Cámara y al posterior pronunciamiento del alto tribunal.

Los nueve asuntos que regresarán al Congreso están relacionados con disposiciones específicas de la ley. Entre ellos aparecen aspectos sobre la cotización por días o semanas, los fondos generacionales, el manejo del Fondo de Ahorro y la reducción de semanas de cotización para mujeres con hijos, entre otros puntos.

La decisión de la Corte generó reacciones de diferentes sectores políticos. La senadora María Clara Posada, del Centro Democrático, anunció que presentará un proyecto de ley para modificar, según sus declaraciones, dos aspectos que considera críticos de la reforma.

Uno de los puntos planteados por la congresista está relacionado con el destino de los recursos de las personas que no alcanzan a cumplir los requisitos para pensionarse. Posada sostuvo que esos ahorros deberían ser devueltos a quienes no logren acceder a una pensión. También planteó que el umbral mínimo de cotización en Colpensiones sea equivalente a un salario mínimo.

Desde sectores que respaldaron la reforma, la decisión fue recibida de manera positiva. Andrés Camacho, exministro de Minas y Energía, calificó el aval como un “triunfo” para los trabajadores y destacó la permanencia de las transformaciones impulsadas durante la administración anterior.

En la misma línea se pronunció Antonio Sanguino, exministro del Trabajo, quien consideró que el fallo representa un respaldo para las medidas dirigidas a reducir brechas en materia pensional. Sanguino destacó, entre otros aspectos, la protección prevista para personas que llegan a la vejez sin una pensión y las disposiciones relacionadas con madres con hijos con discapacidad.

El exministro también hizo referencia a los nueve asuntos que deberán ser revisados por la Cámara y pidió al Congreso cumplir el procedimiento ordenado por la Corte dentro del plazo establecido.

Desde la oposición, la senadora Zandra Bernal expresó preocupación por los efectos que, según su posición, podría tener la reforma sobre el ahorro de las próximas generaciones. La congresista reconoció que el alto tribunal avaló la mayor parte del articulado y mantuvo aspectos como los pilares contributivo y semicontributivo, pero señaló que aún existe expectativa frente al contenido definitivo de la sentencia.

El representante a la Cámara Daniel Briceño, del Centro Democrático, calificó como negativa la decisión y cuestionó la reforma por sus posibles efectos sobre el ahorro. También reiteró sus señalamientos sobre el trámite legislativo y las investigaciones relacionadas con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

El senador Hernán Cadavid igualmente rechazó el fallo y sostuvo que la aprobación de la reforma estuvo acompañada de cuestionamientos relacionados con la construcción de las mayorías en el Congreso. El congresista afirmó que la Corte no evaluó la legitimidad de ese proceso, aunque el pronunciamiento del alto tribunal estuvo concentrado en los asuntos de constitucionalidad sometidos a su análisis.

La decisión judicial deja ahora al Congreso con la responsabilidad de adelantar el trámite correspondiente sobre las nueve disposiciones devueltas. La Cámara deberá realizar las actuaciones ordenadas, documentar el procedimiento y remitir la información a la Corte para que esta determine si fueron subsanados los problemas identificados.

Mientras se cumple este procedimiento, la mayor parte de la reforma pensional permanece avalada y el nuevo sistema tiene como fecha prevista de entrada en vigencia el 1 de abril de 2027. El desarrollo del trámite en la Cámara será el siguiente paso para definir la situación de los artículos que fueron devueltos por la Corte Constitucional.

Compartir:

Noticias relacionadas