Gobierno aumenta tarifas de retención en la fuente para 2025: sectores agrícola, minero y de servicios, los más afectados
El Gobierno nacional oficializó el aumento de las tarifas de retención en la fuente para el año gravable 2025, a través del Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Con esta medida, el Ejecutivo espera mejorar el recaudo tributario y aumentar en
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, mediante el cual modifica las tarifas de autorretención y establece nuevas bases mínimas para practicar retención en la fuente, como parte de una estrategia fiscal que busca incrementar el recaudo tributario en más de $13 billones este año.
Según el Ministerio de Hacienda, el objetivo del decreto es suavizar el recaudo del impuesto sobre la renta y generar mayor previsibilidad para contribuyentes y administración. En el documento se afirma que «una lógica similar se verá en los años posteriores, por lo que este decreto busca suavizar el recaudo tributario por concepto del impuesto sobre la renta, haciéndolo más predecible tanto para los contribuyentes como para la administración».
La medida afectará principalmente a los sectores agrícola, minero y de servicios, según fuentes del sector, debido a los nuevos umbrales y tarifas establecidos.
El decreto introduce cambios a varios artículos del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Entre ellos, se sustituye el artículo 1.2.4.4.1. y se adiciona un parágrafo al artículo 1.2.4.2.83, que indica:
«La regla aquí prevista se aplicará a los rendimientos financieros derivados de los Certificados de Depósito de Ahorro a Término (CDAT)».
Además, se aclara que el aumento en la autorretención en la fuente en el año gravable 2025 disminuirá el anticipo que deben pagar los contribuyentes en el año gravable 2026. Así lo expresa el decreto:
«El aumento de la autorretención en la fuente en el año gravable 2025 disminuiría el anticipo que deben liquidar y pagar los contribuyentes en el año gravable 2026».
La norma señala también que las nuevas tarifas regirán desde el 1 de junio de 2025 y que las anteriores se mantendrán vigentes hasta el 31 de mayo del mismo año:
«Si el decreto se publica el 25 de mayo de 2025, las nuevas tarifas serán aplicables a partir del 1 de junio de 2025 y las antiguas serán aplicables hasta el 31 de mayo de 2025».


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