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Registraduría cierra este 13 de marzo la inscripción de aspirantes a la Presidencia

Este viernes 13 de marzo concluye el periodo establecido por la ley para la inscripción de candidatos a la Presidencia de la República ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, trámite que permitirá consolidar oficialmente la lista de aspirantes que participarán en las elecciones presidencial

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Redacción IFM
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Registraduría cierra este 13 de marzo la inscripción de aspirantes a la Presidencia

Este viernes 13 de marzo concluye el periodo establecido por la ley para la inscripción de candidatos a la Presidencia de la República ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, trámite que permitirá consolidar oficialmente la lista de aspirantes que participarán en las elecciones presidenciales previstas para el 31 de mayo de 2026.

La fecha corresponde al cierre del calendario definido para registrar las candidaturas y las respectivas fórmulas vicepresidenciales que acompañarán a los aspirantes a la Casa de Nariño. La inscripción se realiza en la sede central de la Registraduría en Bogotá y debe ser adelantada personalmente por los candidatos o por representantes autorizados de los partidos, movimientos políticos, coaliciones o grupos significativos de ciudadanos que respaldan las postulaciones.

De acuerdo con el calendario electoral, los aspirantes que resulten inscritos competirán en la primera vuelta presidencial programada para el último día de mayo. En caso de que ninguno de los candidatos alcance la mayoría requerida, el proceso electoral contempla la realización de una segunda vuelta el 21 de junio de 2026, jornada en la que se definirá quién asumirá la Presidencia de la República.

El periodo de inscripción de candidaturas inició el 31 de enero, fecha en la que se presentó la primera aspirante al cargo. Ese día, la senadora Clara López formalizó su candidatura con el aval del partido Esperanza Democrática y registró como fórmula vicepresidencial a María Consuelo del Río Mantilla.

La normativa electoral también establece disposiciones específicas para los aspirantes que fueron escogidos mediante consultas interpartidistas realizadas el pasado 8 de marzo. En esos casos, los candidatos cuentan con un plazo adicional de cinco días hábiles posteriores a la declaratoria oficial de resultados para formalizar la inscripción de sus candidaturas ante la autoridad electoral.

Entre los aspirantes seleccionados en esas consultas se encuentran Paloma Valencia, Roy Barreras y Claudia López, quienes podrán registrar sus candidaturas dentro del periodo adicional previsto en la legislación.

El procedimiento está regulado por el artículo 30 de la Ley 1475 de 2011, que establece que el periodo de inscripción de candidatos a cargos de elección popular se extiende durante un mes y comienza cuatro meses antes de la fecha de la votación correspondiente. La misma norma contempla el plazo adicional para los candidatos que resultan elegidos mediante consultas realizadas el mismo día de las elecciones al Congreso.

Una vez concluido el periodo de inscripción, el calendario electoral contempla otras fechas relacionadas con la modificación de candidaturas. A partir del 16 de marzo se abrirá el plazo para realizar cambios en las candidaturas inscritas, etapa que se extenderá hasta el 20 de marzo.

Posteriormente, el cronograma establece que el 30 de abril será la fecha límite para efectuar modificaciones en casos relacionados con revocatorias de inscripción por razones constitucionales o legales, así como por inhabilidades que sean detectadas después del registro inicial.

El calendario también incluye una fecha posterior destinada a situaciones excepcionales. El 20 de mayo se habilitará el periodo para registrar nuevas candidaturas en caso de fallecimiento o incapacidad física permanente de alguno de los aspirantes previamente inscritos.

Las candidaturas pueden ser presentadas por partidos o movimientos políticos con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral, así como por coaliciones, movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación electoral. En el mismo plazo también pueden registrarse los promotores de la opción de voto en blanco.

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