El CNE se reunió para definir si Cepeda podía participar en la consulta del “Frente por la Vida”
El Consejo Nacional Electoral (CNE) se reunió en sesión de sala plena para analizar si el candidato Iván Cepeda estaba habilitado para participar en la consulta de la izquierda prevista llamada “Pacto Amplio” para marzo, y tendrá que dar respuesta en los próximos días.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) se reunió en sesión de sala plena para analizar si el candidato Iván Cepeda estaba habilitado para participar en la consulta de la izquierda prevista llamada “Pacto Amplio” para marzo, y tendrá que dar respuesta en los próximos días.
Según se supo dias previos a la sesión en pleno, la discusión se concentrará en establecer si su participación en un proceso previo le impedía competir nuevamente dentro del mismo ciclo electoral.
El origen del caso estuvo en una solicitud hecha por la Registraduría Nacional, la Procuraduría y la Contraloría, donde se pidió al CNE claridad sobre la legalidad de una eventual inscripción de Cepeda en la consulta que inicialmente fue denominada “Pacto Amplio” y que posteriormente pasó a llamarse “Frente por la Vida”.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeAnte esa petición, la Registraduría optó por no pronunciarse de fondo y trasladó la decisión al organismo electoral. El debate esta basado en que Cepeda, ya participó en la consulta realizada en octubre de 2025, en la que fue precandidato del Pacto Histórico y ganó ante Carolina Corcho.
Este es el eje de la discusión, ya que mientras algunos sectores sostuvieron que ese proceso tuvo carácter interpartidista, lo que activaría una prohibición constitucional para participar en una nueva consulta, otros por su parte expusieron que se trató de un mecanismo interno, lo que permitiría su postulación en una consulta distinta.
Para efectos de esta discusión se trae a colación el artículo 107 de la Constitución y en la Ley 1475 de 2011, donde se establecen que quien participe como precandidato en una consulta no puede inscribirse nuevamente en otro mecanismo similar dentro del mismo proceso electoral.
Por todo esto, la tarea es determinar la naturaleza jurídica del proceso previo, pues de dicha clasificación dependerá la habilitación o no del aspirante para hacer parte del “Pacto por la Vida”.
Fuentes cercanas al Consejo indicaron a diferentes medios de comunicación que, al inicio de la deliberación, existía una mayoría inclinada a cuestionar la participación de Cepeda, aunque también señalaron que el equilibrio de fuerzas podía modificarse durante la discusión. Dos magistradas fueron identificadas como favorables a permitir su inscripción, entre ellas la ponente del caso, quien debía presentar el análisis jurídico ante la sala plena.
Desde la campaña de Cepeda se insistió en que una interpretación restrictiva de las normas vulneraría los derechos políticos tanto del candidato como de los ciudadanos que lo respaldaron en la consulta anterior, incluso, el propio senador había advertido que, en caso de una decisión adversa, acudiría a acciones judiciales para controvertirla.
El debate tuvo un componente adicional de urgencia debido a los plazos del calendario electoral, puesto que el cierre de inscripciones esta fijado para comienzos de febrero y la consulta para el 8 de marzo, lo que dejaba un margen reducido para resolver disputas legales.

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