(DENUNCIAN) Señalan que nuevo gerente de AFINIA, Javier Alonso Lastra, estaría inhabilitado para asumir el cargo
El diputado Luis Pelaez abrió un hilo en su cuenta en el que denuncia que el nuevo gerente de Afinia, nombrado ayer, podría estar inhabilitado para asumir el cargo. En esta oportunidad, Pelaez retoma el comunicado del nombramiento de Lastra Fuscaldo en la filial de EPM que tiene operación en gran pa

El diputado Luis Pelaez abrió un hilo en su cuenta en el que denuncia que el nuevo gerente de Afinia, nombrado ayer, podría estar inhabilitado para asumir el cargo.
En esta oportunidad, Pelaez retoma el comunicado del nombramiento de Lastra Fuscaldo en la filial de EPM que tiene operación en gran parte de la costa atlántica colombiana, sentenciando que está «inhabilitado»

En el hilo de Twitter el diputado Peláez señala que «Afinia es una empresa del grupo EPM con un capital autorizado de 5 billones y capital suscrito y pagado de 3 billones aproximadamente, según la Cámara de Comercio de Cartagena. Registro /8197115 del 11 de agosto de 2021».

Señaña que «Según acta 09 del 06 de julio de 2021 y registrada el 15 de julio de 2021 se registró la “nueva” junta directiva de Afinia ¿Algunos nombres familiares y conocidos? Está claro que la nueva junta tenía un fin: ¡Elegir al nuevo gerente!» mientras crea el hastag #RenuncieLastra

Indica el diputado que «La inhabilidad del señor Lastra consiste en que en el año 2007 fue elegido concejal de Bogotá, para el periodo 2008-2011 por el partido de la U. y su curul fue demandada por ejercer autoridad y recursos públicos como abogado liquidador de ADPOSTAL y otras empresas públicas». IFMNOTICIAS.COM en dos artículos que refieren a lo que se denomina «el golpe de estado en Afinia», reveló la pérdida de investidura de Lastra publicando el fallo completo del Concejo de Estado; el último de estos artículos se publicó justo ayer en donde está todo el fallo.
Luis Peláez en su cuenta de Twitter, publica un pantallazo en el que se fija concretamente en el punto número 6 en el que se enfatiza que Javier Lastra en su calidad de «demandado incurrió en la violación al régimen de inhabilidades de que trata el artículo 40 de la ley 617 de 200, numerales 2 y 3».

Para el diputado «La decisióndel Consejo de Estado, Sala de lo contencioso administrativo-Sección primera el 18 de Junio de 2009 fue decretar la pérdida de investidura de Javier Alonso Lastra Fuscaldo hoy gerente de Afinia y le impone una inhabilidad especial y permanente de por vida«

Explica Peláez que «está inhabilidad especial consiste en que no se puede presentar de por vida a los cargos de elección popular de concejal y diputado. Además de tener las mismas inhabilidades de un concejal y un diputado para cualquier nombramiento público, art 3, Decreto 128 /1976 numeral D» y anexa el numeral del decreto en cuestión den la que indica que la inhabilidad aplica a Empleados Públicos.

El diputado señala que «también existen otras normas que dejan clara dicha inhabilidad, que alguien que ha sido destituido o con pérdida de investidura no puede ser gerente de empresa pública (En todas sus denominaciones) ni miembro de su juntas directiva. Ley 489,art 79 y 102. Ley 734 de 2002 art 41».

Al tiempo recuerda el diputado que «la sentencia de pérdida de investidura incluso fue revisada por la Corte Constitucional en la sentencia T-214 de 2010 y confirmó todo lo resuelto por el Consejo de Estado.»

Pelaez señala que para su equipo de investigación, «la empresa de “Cazatalentos” debió pedir el certificado especial de inhabilidad de concejal y diputado de la Procuraduría General de la Nación, donde se ve claramente la inhabilidad de Javier Lastra para ser gerente de Afinia.


Nuevamente los procesos de las firmas cazatalentos que suelen donar sus servicios a la Alcaldía y a EPM, fallan con la verificación de los antecedentes de los funcionarios que escogen y ya se duda sobre si realmente se trata de omisiones o una actitud temeraria por parte de la administración de violar las normas a la espera que nadie se de cuenta de las irregularidades.
En ese sentido, el diputado Pelaéz, señala en su cuenta de Twitter que «Entendemos que el artículo 79 y 102 de la Ley 489 de 1998 afirma que para ser gerente de Afinia no puede estar en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad de los congresistas, diputados y concejales, y el señor Lastra tiene dos, Ley 617 de 2000, artículo 40 y art 33 #1»
En su denuncia, Luis Peláez se pregunta y al tiempo se responde: ¿Qué pedimos?. A la junta de EPM que revise el nombramiento ,a la junta de Afinia que revoque el nombramiento, al nuevo gerente Lastra ¡Renuncie! y debemos preguntar ¿Por qué Daniel Quintero insiste en forzar nombramientos de las empresas importantes de Medellín?.
Con esto finaliza el diputado la denuncia enfatizando en su última pregunta, un comportamiento que también viene teniendo constante; pues solamente en el último mes ha tratado de forzar, sin éxito, los nombramientos de sus «fichas» en la gerencia del Metro y de Metroplús.
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