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Alcaldía de Montería decretó toque de queda en la Comuna 1 por emergencia de inundaciones

La Alcaldía de Montería expidió el Decreto No. 0046 del 9 de febrero de 2026, mediante el cual se establece un toque de queda en sectores de la Comuna 1 del municipio, como medida transitoria y excepcional de policía, en el marco de la calamidad pública declarada por las inundaciones que afectan a l

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Redacción IFM
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Alcaldía de Montería decretó toque de queda en la Comuna 1 por emergencia de inundaciones

La Alcaldía de Montería expidió el Decreto No. 0046 del 9 de febrero de 2026, mediante el cual se establece un toque de queda en sectores de la Comuna 1 del municipio, como medida transitoria y excepcional de policía, en el marco de la calamidad pública declarada por las inundaciones que afectan a la ciudad.

Según el documento oficial, la decisión se adopta tras la recomendación de la Policía Metropolitana, que solicitó “la adopción de medidas focalizadas en los sectores de mayor afectación y en los corredores estratégicos para evacuación y tránsito de maquinaria y ayudas humanitarias”. El decreto señala que las zonas inundadas “constituyen áreas de alto riesgo para la vida e integridad de los habitantes”, razón por la cual se hace necesario restringir la movilidad para proteger a la población y garantizar la atención de la emergencia.

El Artículo Primero establece que el toque de queda regirá desde el 9 hasta el 17 de febrero de 2026, en el horario comprendido entre las 8:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente, con el objetivo de “proteger la vida, la integridad personal y garantizar la atención de la emergencia por inundaciones”.

La medida se aplicará específicamente en los barrios Vallejo, Dorado, Poblado, La Ribera, República de Panamá, El Níspero, Los Colores, Rancho Grande, Alto Cannan, Villa Petro (Zona 1) y La Palma, todos ubicados en la Comuna 1 del municipio.

Adicionalmente, el Artículo Segundo del decreto prohíbe en estos sectores la circulación y navegación de “lanchas, botes y demás embarcaciones no autorizadas”, así como el tránsito de vehículos particulares y públicos cuyos ocupantes “no residan o cuyo domicilio no pertenezca a esta comuna”. La administración municipal argumenta que esta restricción busca facilitar las labores de atención de la emergencia y prevenir situaciones que puedan alterar la convivencia ciudadana.

El decreto contempla excepciones a esta prohibición. De acuerdo con el parágrafo, podrán movilizarse sin restricción las embarcaciones utilizadas por organismos de socorro y emergencia, la Fuerza Pública y las autoridades de gestión del riesgo, encargadas de la atención directa de la situación derivada de las inundaciones.

La Alcaldía de Montería indicó que el toque de queda se adopta como una medida temporal, mientras se desarrollan las acciones necesarias para atender la emergencia y reducir los riesgos para la población afectada, en cumplimiento del decreto que declaró la calamidad pública en el municipio.

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