Condenan a Andrey José Piñarete Galindo por amenazas contra el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez
El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá emitió sentencia condenatoria contra Andrey José Piñarete Galindo por el delito de amenazas contra defensores de derechos humanos y servidores públicos, de acuerdo con el artículo 188E del Código Penal. El proceso se originó
El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá emitió sentencia condenatoria contra Andrey José Piñarete Galindo por el delito de amenazas contra defensores de derechos humanos y servidores públicos, de acuerdo con el artículo 188E del Código Penal.
El proceso se originó por un mensaje enviado el 10 de agosto de 2022 desde la cuenta de Instagram asociada al perfil @andreypiñarete a la cuenta privada de Twitter de Federico Gutiérrez Zuluaga, actual alcalde de Medellín. El mensaje decía: “Das asco pichurria, meterte una indumil es poco, mejor unas 15, dejarte la cabeza llena de metralla”. Según la Fiscalía, este mensaje tenía como propósito generar miedo e intimidar al mandatario local.
Durante el juicio, se estableció que Piñarete Galindo, con cédula de ciudadanía número 80.762.314, reside en las Islas Canarias, España, y es titular de las cuentas desde las cuales se remitió el mensaje. La prueba fue respaldada por informes técnicos del CTI, testimonios, y declaraciones de una excompañera sentimental del procesado.
La Fiscalía, el Ministerio Público y el apoderado del alcalde Gutiérrez solicitaron condena al considerar acreditada la conducta delictiva. La víctima, al recibir el mensaje, lo publicó en sus redes sociales para advertir a la ciudadanía, según consta en el expediente.
El juez valoró que el mensaje amenazante estaba directamente dirigido a una figura que ejerce actualmente funciones públicas. El fallo establece que “el tipo penal no requiere que la víctima tenga una calidad específica al momento de la amenaza”, sino que haya ejercido funciones que justifiquen especial protección por su exposición pública.
El juzgado concluyó que Piñarete Galindo actuó con dolo y que el mensaje contenía una amenaza concreta, explícita y relacionada con su condición de servidor público. Se determinó que la evidencia técnica, junto con los testimonios, permitió acreditar tanto la autoría como el impacto del mensaje en la víctima.
La sentencia afirma que la conducta trasciende el ámbito personal y afecta el entorno social de un funcionario que representa a la institucionalidad. También se rechazaron los argumentos de la defensa sobre supuestas dudas en la identidad del remitente y la intencionalidad del mensaje.
El despacho judicial reiteró que el uso de redes sociales para emitir amenazas constituye una conducta sancionada penalmente y enfatizó en la responsabilidad en el uso de estas plataformas, especialmente frente a figuras públicas o autoridades.
La condena incluye pena privativa de la libertad, con sustitución por prisión domiciliaria, y sanciones accesorias. El fallo será notificado a las partes.
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