(OPINIÓN) Siete argumentos para crear nuevos departamentos, mas allá del presidente. Por: Edward Torres Ruidiaz
Uno de los temas centrales en la agenda del presidente Petro hoy en Mompox se esperaba que fuese la creación del (o los) nuevos departamentos.
Por: Edward Torres Ruidiaz
Uno de los temas centrales en la agenda del presidente Petro hoy en Mompox se
esperaba que fuese la creación del (o los) nuevos departamentos.
Fue en Mompox donde en 1987 Orlando Fals Borda lanzó el libro LA INSURGENCIA DE
LAS PROVINCIAS, que recogió las reuniones realizadas en El Banco y Mompox y que
plantea la necesidad de crear el nuevo Departamento del Río, el mismo que el Juez
Cifuentes menciona a Fals en el Jhonson entre San Martín de Loba y El Banco en su
HISTORIA DOBLE DE LA COSTA. Y es el nombre que Gustavo Petro planteó durante su
campaña y en su Plan de Desarrollo en su propuesta de “ordenamiento territorial
alrededor del agua”. En sus tres campañas de 2010, 2018 y 2022 la Plaza de Mompox
estalló en aplausos ante el discurso del entonces candidato Petro para crear el
Departamento del Río.
El tema llega, no en el momento más oportuno por el ambiente caldeado que ha creado la
propuesta presidencial de la “constituyente ciudadana”. Pero es sin duda la oportunidad
para entrar a la hasta ahora esquiva agenda del gobierno, pues no es fácil que el
establecimiento político, arraigado en las capitales departamentales, le abra la puerta a
esta propuesta que tiene su arraigo en las provincias.

Y por eso el tema del (los) nuevos departamentos deberá inicialmente sufrir la carga alta
que reciban las otras propuestas del Presidente Petro de parte de sus legítimos
opositores. Pero una vez superado el primer chaparrón, el tema deberá abrirse camino de
la mano de su principal arma que son sus fuertes argumentos técnicos, históricos y
socioeconómicos. Una vez instalado el debate abierto el tema crecerá.
Elevar el nivel del tema para no caer en la trampa del sesgo que, por ejemplo, plantea la
columna de Eduardo Mackenzie quien se refiere al tema con adjetivos como “engendro”,
“fragmentación”, “tenebrosos”, “feudos podridos”, términos muy poco pertinentes a la
terminología que uno esperaría de un análisis de ordenamiento territorial.
Esos adjetivos se desvirtúan cuando se plantee que el reordenamiento territorial que
implican los nuevos departamentos son un ajuste al sistema de asignación de
transferencias, disminuyendo la desviación de los NBI departamentales, conforme a los
criterios constitucionales de focalización. El impacto positivo en la función estatal de
redistribución de la política fiscal es evidente. De tal nivel es el efecto y sería imposible e
inconstitucional no estar de acuerdo con ello.
Segundo, que mejoran el poder de decisión electoral de unos municipios que en la
jurisdicción electoral del actual ordenamiento no tienen posibilidades de participar en
cargos de elección popular pues la ciudad capital absorbe hasta el 50% del censo
electoral, como en Bolívar. Eso se traduce en valoración del voto de parte del ciudadano,
mejoramiento de la representatividad territorial y mejoramiento de la cultura política. Quien contraría esos argumentos?
Tercero, que disminuyen los costos de atención del estado y de acceso de los ciudadanos
a los servicios institucionales, por la disminución en más del 90% del costo de transporte, ahorro en tiempos y distancias relativas a los nuevos centros administrativos. Indicadores
muy claros que aplican los criterios científicos de propincuidad planteado por Massiris y
de funcionalidad y epicentrismo regional planteados por Guhl y Fornaguera en el diseño
de entidades territoriales. Y ya funciona.
El nuevo departamento sería apenas la formalización de una unidad socioeconómica, ambiental y cultural que hace rato viene funcionando entre Aguachica y el sur de Bolívar, El Banco con Las Lobas y sur del Cesar y Mompox con el sur del Magdalena. El estudio de la ESAP y el gobierno nacional “Lineamientos y estrategias de desarrollo rural territorial para la región Caribe colombiana” (2014) agrupa los departamentos Surcaribe y de la Depresión Momposina como unidades departamentales.
Cuarto, que no implican una carga fiscal adicional para el estado pues simplemente las
mismas transferencias que hoy se distribuyen para 32 departamentos se hará para 33 o
los que queden. Por el contrario, al bajarse la desviación de los NBI departamentales,
será más equitativa y eficiente la asignación de transferencias, rompiendo el circulo
vicioso de los clústeres de pobreza actuales. Beneficios estructurales que traerán ahorro
al estado. El territorio y sus relaciones son cambiantes y lo más lógico es que este ajuste
su estructura a dichos cambios, así lo hacen los países avanzados. Mantener
tozudamente viejas estructuras para atender nuevas demandas es lo ilógico y así es el
ordenamiento pero en los países más atrasados.
Quinto, no son nuevas entidades sino que ya existieron como departamentos. Mompox lo
fue todo el siglo 19 hasta 1907 y Aguachica y el Banco compartieron como capitales del
departamento de El Banco entre 1858 y 1885.
Sexto, que son viables fiscalmente y será este el primer departamento que se crea bajo
requisitos de viabilidad y sostenibilidad fiscal de la ley 617 de 2000 y 819 de 2003, que
antes no existían y que cumplen de manera amplia. En este sentido los procesos de la
Depresión Momposina y Surcaribe (Aguachica y El Banco) son los que más han avanzado
en el país pues cuentan con documentos técnicos avalados por el DNP, concepto legal del
Consejo de Estado, audiencias públicas en el Congreso y la Depresión Momposina escaló
a política pública siendo incluida en el Plan de Desarrollo Nacional del presidente Santos
en 2010, además de amplias movilizaciones ciudadanas e institucionales.

Por ello Aguachica, El Banco y Mompox deben ser los llamados a liderar la propuesta. Y son los más dispuestos pues, en cambio, los municipios de Antioquia y Santander no quieren irse de sus departamentos y su clase parlamentaria será un hueso duro de roer.
Y séptimo, la vía legal por acto legislativo está abierta por el concepto 2117 de 2013 del
Consejo de Estado. Ningún departamento en Colombia se creó antes por requisitos
legales, todos lo hicieron por acto legislativo, de hecho exceptuando los requisitos
vigentes, como el acto legislativo 1 de 1963 que creó La Guajira: “aun cuando no tenga
las condiciones exigidas en la ley”.
Desde esta altura argumentativa, los adjetivos de Mackenzie y los delirios de dueño del
territorio de las actuales capitales no verán una en el Congreso. Por eso conviene el
debate abierto.
El presidente Petro tocó el tema con timidez, casi al final de su alocución en Mompox. No
debe desperdiciar el tema de desarrollo territorial más claro y argumentado de los últimos años. Y la comunidad de El Banco, Aguachica y Mompox deben creérsela y demostrar
ganas para esta apuesta de gana-gana de la que mucho bueno puede quedar.

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