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(OPINIÓN) Justicia es confianza. Por: María Clara Posada

En la apertura del Año Judicial en España, Isabel Perelló, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, pronunció una frase que resume magistralmente siglos de pensamiento jurídico: “Un juez imparcial y neutral es el garante del correcto funcionamiento del poder judicial

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Redacción IFM
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Justicia es confianza. Por: María Clara Posada

En la apertura del Año Judicial en España, Isabel Perelló, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, pronunció una frase que resume magistralmente siglos de pensamiento jurídico: “Un juez imparcial y neutral es el garante del correcto funcionamiento del poder judicial al servicio exclusivo de la justicia”. La advertencia, hecha frente a los riesgos de intromisión política en la judicatura, resuena hoy con especial fuerza en Colombia, donde la imparcialidad y la idoneidad de quien impartió justicia en el proceso en contra del presidente Álvaro Uribe está siendo cuestionada, y con justa razón.

El caso es escandaloso: La juez Sandra Liliana Heredia, quien condensó su decisión en contra del expresidente en un fallo imposible de 1.114 páginas, se encontraba en condición de provisionalidad, con un nombramiento vencido, cuando asumió la decisión. A ello se suma un antecedente difícil de digerir: reprobó en tres ocasiones -2013, 2018 y 2022- el examen de méritos de la carrera judicial, requisito fundamental establecido por la Ley 270 de 1996. ¿Cuál es el punto? El reparto encomendó la conducción de un proceso de la mayor trascendencia política y jurídica a una juez que no cumple los estándares de idoneidad. Tal circunstancia, y parafraseando nuevamente a Perelló en su referencia al valor de la imparcialidad judicial, compromete no solo las garantías del presidente Uribe, sino la legitimidad institucional.

El fallo de Heredia fue desvirtuado, en lo relativo a la privación de la libertad, en el Tribunal Superior de Bogotá, por el magistrado Leonel Rogeles. Mediante tutela, el togado ordenó revocar la medida restrictiva y calificó los argumentos que dieron lugar a la decisión como “vagos, indeterminados e imprecisos”. Esa contradicción no es un detalle técnico, sino la constatación de que la administración de justicia requiere, como condición mínima, un conocimiento exhaustivo del derecho y un respeto escrupuloso por las garantías procesales.

Y es que en este punto conviene insistir: No se trata de Álvaro Uribe, sino de la integridad del sistema judicial. Que una juez provisional, sin los méritos precisos, sea la encargada de decidir sobre la libertad de un ciudadano, contraviene el orden constitucional y los estándares internacionales de DDHH.

Los Principios Básicos de Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura (No.10), son claros: “Las personas seleccionadas para ocupar cargos judiciales serán íntegras, idóneas y con calificaciones jurídicas apropiadas. Todo método de selección garantizará que el nombramiento no se produzca por motivos indebidos”. La jurisprudencia interamericana ha sido aún más categórica. En casos como Reverón Trujillo vs. Venezuela o Chocrón vs. Venezuela, la Corte IDH advirtió que la provisionalidad prolongada mina la independencia judicial, abriendo la puerta a presiones políticas o a la intromisión de intereses externos. Así mismo, en Apitz Barbera vs. Venezuela estableció un principio de fondo: los ciudadanos tienen derecho a jueces independientes, no solo en el plano formal, sino real y material. Esa garantía desaparece cuando quienes juzgan carecen de la estabilidad y el mérito exigidos por la ley.

Colombia no puede ser ajena a estas obligaciones. El Consejo Superior de la Judicatura, como órgano rector, tiene el deber de garantizar que quienes lleguen a impartir justicia lo hagan por virtud de su preparación y capacidades, no por cuestiones políticas o contingencias administrativas. Solo así se asegura la autonomía de los jueces y la credibilidad democrática.

La justicia es, en esencia, confianza. Confianza en que los jueces conocen la ley, aplican el derecho sin sesgos, resisten presiones y actúan con independencia. Cuando esa confianza se erosiona, lo que tambalea no es solo un proceso individual, sino el Estado de derecho en pleno. Eso fue lo que quedó roto tras las revelaciones de la insuficiencia técnica de Heredia -con las obvias suspicacias que se despiertan-; y eso, es lo que hay que corregir con urgencia.

Como bien recordó Perelló en Madrid, la justicia solo existe cuando la sociedad cree en sus jueces. El caso del expresidente debe ser visto más allá de las pasiones políticas, interiorizando que lo que está en juego no es únicamente su suerte, sino la legitimidad del sistema. El mandato no puede ser otro que aplicar la ley con rigor, respetar la presunción de inocencia y garantizar igualdad ante la ley. En una democracia, ese es el deber de los jueces y ese es el derecho de los ciudadanos.

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