Defensoría del Pueblo pidió al Gobierno reevaluar zonas de ubicación temporal para grupos armados
La defensora del Pueblo, Iris Marín, advirtió riesgos jurídicos, electorales y de derechos humanos frente a la instalación de las denominadas SUD y la suspensión de órdenes de captura para integrantes de grupos armados organizados.
La defensora del Pueblo, Iris Marín, se pronunció sobre la instalación de las zonas de ubicación temporal, conocidas como SUD, y sobre la suspensión temporal de órdenes de captura para integrantes de grupos armados organizados que participan en procesos de diálogo con el Gobierno Nacional.
Durante su declaración, la funcionaria explicó que el Presidente de la República sí cuenta con facultades legales para decretar estas zonas y solicitar la suspensión de órdenes de captura, incluso con efectos sobre procesos de extradición, siempre que dichas medidas estén enmarcadas en la Ley de Orden Público y respondan a criterios constitucionales y legales.
“En primer lugar, el Presidente tiene la facultad de decretar la SUD y solicitar la suspensión de órdenes de captura, inclusive de extradición de quienes se vayan a concentrar allí”, indicó Marín, quien agregó que estas herramientas “han sido utilizadas por distintos gobiernos al menos desde 1998”.
La defensora señaló que la decisión corresponde al jefe de Estado en su calidad de responsable del orden público y de los procesos de conversación con estructuras armadas. Sin embargo, sostuvo que esta facultad “es reglada” y, por tanto, requiere motivaciones claras y suficientes sobre aspectos como delimitación territorial, temporal, personal y mecanismos de control y verificación.
En ese sentido, la funcionaria sostuvo que las SUD únicamente pueden implementarse en un “estado avanzado del proceso de paz”. Frente a ello, expuso dos criterios que, según la Defensoría, deberían tenerse en cuenta para determinar si un proceso cumple con esa condición.
El primero, explicó, es que exista viabilidad real para el desarme, la desmovilización y la reincorporación a la vida civil de los integrantes del grupo armado. “La Ley de Orden Público establece que las SUD se orientan a la dejación de armas, el tránsito a la legalidad y a otras modalidades de reincorporación a la vida civil”, señaló.
Además, recordó que la Corte Constitucional ha interpretado que, en casos de criminalidad organizada, estas medidas deben ser “idóneas para hacer viable la entrega o sometimiento a la justicia y al Estado de Derecho”.
Según Marín, el Gobierno Nacional debe demostrar que las medidas adoptadas permitirán un desarme “cercano y concreto” y no una posibilidad indeterminada. El segundo criterio planteado por la Defensoría está relacionado con el modelo de “paz total” impulsado por el Gobierno, el cual —dijo— se basa en tres pilares: desescalamiento de las violencias, transformaciones territoriales y tránsito a la civilidad.
Por ello, la defensora afirmó que el Ejecutivo debe entregar información “suficiente y verificable” sobre avances concretos en cada proceso de negociación, teniendo en cuenta que las condiciones no son iguales para todas las estructuras armadas.
En su pronunciamiento, Marín mencionó específicamente procesos relacionados con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano, el Clan del Golfo, Comuneros del Sur y el autodenominado Estado Mayor de los Bloques y el Frente, indicando que cada caso requiere un análisis diferenciado.
La defensora también advirtió sobre cuatro riesgos asociados a la implementación de las SUD y a la suspensión de órdenes de captura. El primero, dijo, está relacionado con los derechos de las víctimas. “No hay una claridad ni acuerdos mínimos sobre cómo se garantizarán los derechos de las víctimas”, manifestó, al referirse a garantías de verdad, justicia, reparación y no repetición.
El segundo riesgo señalado corresponde al contexto electoral y de transición de gobierno. Según indicó, aun en un escenario de avance de los procesos, “es virtualmente imposible que el desarme se dé antes del 7 de agosto”, lo que, a su juicio, puede generar expectativas e interpretaciones entre los grupos armados durante el periodo electoral.
En tercer lugar, alertó sobre riesgos de seguridad para las comunidades y para quienes eventualmente se concentren en estas zonas. Explicó que la concentración sería gradual y que algunos integrantes permanecerían armados fuera de las SUD, lo que plantea interrogantes sobre el monitoreo y control en territorios donde existen disputas armadas.
Finalmente, la defensora mencionó posibles afectaciones a derechos de pueblos étnicos. Indicó que hasta el momento únicamente se ha realizado consulta previa en la zona de Miami, Nariño, respecto a la SUD del Frente Comuneros del Sur, pero no en otros territorios donde también existen comunidades étnicas potencialmente impactadas.
Con base en estas consideraciones, la Defensoría del Pueblo instó al presidente Gustavo Petro a revisar la decisión. “No es claro que se cumplan los requisitos jurídicos, pero más allá de eso, el impacto puede ser adverso en materia de derechos humanos”, afirmó Marín.
La funcionaria concluyó señalando que “la construcción de paz exige decisiones sometidas al Estado de derecho, controles institucionales efectivos y garantías verificables para la población civil”.
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