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¿Cuál es el papel de un Vicepresidente?

A menos de un mes de las elecciones presidenciales de este año, las fórmulas vicepresidenciales volvieron a ocupar un lugar central en la campaña.

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¿Cuál es el papel de un Vicepresidente?
Foto: Archivo

Con el avance de la campaña presidencial y la definición hace unas semanas de las fórmulas vicepresidenciales que acompañarán a los candidatos volvió a ganar protagonismo en el debate político las funciones que tiene el Vicepresidente.

Aunque históricamente la atención se concentra en quienes aspiran a la Presidencia, la Constitución Política de 1991 le otorgó al Vicepresidente un papel determinante dentro del funcionamiento del Estado, especialmente en situaciones de ausencia temporal o definitiva del jefe de Estado.

Para empezar, hay que mencionar que el artículo 202 de la Constitución estableció que el Vicepresidente es elegido por voto popular el mismo día y en la misma fórmula que el Presidente de la República. Ambos cumplen el mismo periodo presidencial y el Vicepresidente tiene como principal responsabilidad reemplazar al mandatario en sus faltas temporales o absolutas.

El artículo señaló que, en caso de ausencia definitiva del Presidente, el Vicepresidente asumirá el cargo hasta terminar el periodo Constitucional. Además, basta con que tome posesión en la primera oportunidad para poder ejercer las funciones presidenciales cada vez que se requiera durante faltas temporales.

La Constitución también contempló que el Presidente de la República puede asignarle al Vicepresidente misiones especiales o designarlo en cargos dentro de la rama ejecutiva.

En distintos gobiernos, quienes ocuparon ese cargo asumieron responsabilidades diplomáticas, ministeriales o de coordinación de proyectos estratégicos; sin embargo, se estableció que el vicepresidente no puede ejercer funciones de ministro delegatario.

El artículo 203 también prevé qué ocurre en caso de ausencia del Vicepresidente mientras ejerce funciones presidenciales, en ese escenario, el cargo sería asumido temporalmente por un Ministro, siguiendo el orden establecido por la ley, mientras el Congreso elige un nuevo Vicepresidente dentro de los 30 días siguientes a la vacancia.

Además, el artículo 204 indica que para ser Vicepresidente se requieren las mismas condiciones exigidas para ser Presidente de la República, entre ellas ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años.

No es un secreto para nadie que en medio de la campaña presidencial varias candidaturas vicepresidenciales comenzaron a ganar visibilidad propia por el perfil político o técnico de quienes integraron las fórmulas. Una de las designaciones que más expectativa generó fue la del exdirector del DANE Juan Daniel Oviedo, quien fue confirmado en marzo como fórmula vicepresidencial de la candidata del Centro Democrático, Paloma Valencia.

La decisión se produjo después de que Valencia obtuviera el primer lugar en la Gran Consulta por Colombia y Oviedo quedara de segundo. Tras acercamientos, finalmente, ambas campañas anunciaron que llegarían unidas a la primera vuelta presidencial.

El anuncio se hizo a través de un video divulgado por el equipo de campaña de Valencia, en el que se observó el momento en que Oviedo llegó a la residencia de la candidata y fue recibido con un saludo en el que ella lo presentó como “señor vicepresidente”.

De igual forma, para las elecciones presidenciales quedaron inscritas fórmulas como las de Iván Cepeda y Aída Quilcué; Miguel Uribe y Luisa Fernanda Villegas; Roy Barreras y Martha Lucía Zamora; Sergio Fajardo y Edna Bonilla; así como la integrada por Paloma Valencia y Juan Daniel Oviedo, entre otras candidaturas.

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