¡Atención! Los tenderos y pequeños negocios estarán obligados a facturar
Emprender nunca será fácil, y en algunas ocasiones, las obligaciones que el Estado interpone, hace que sea mucho más complicado todavía. Los obstáculos que se presentan en el camino debido a lo anterior, hacen que algunos soñadores, abandonen sus proyectos, bien sea por ausencia de recursos, o tal v

Emprender nunca será fácil, y en algunas ocasiones, las obligaciones que el Estado interpone, hace que sea mucho más complicado todavía. Los obstáculos que se presentan en el camino debido a lo anterior, hacen que algunos soñadores, abandonen sus proyectos, bien sea por ausencia de recursos, o tal vez, por falta de ganas.
Y como si fuera poco, la DIAN anunció hace un par de días, que independiente del tamaño de las empresas, a partir del 1 de junio, quienes tengan ventas mayores a $212.000 pesos por cliente, tendrán que generar factura electrónica.
Es importante destacar que esto será un desafío más para ellos, pues no solo se incrementarán sus costos operativos, sino que no se puede negar que muchos de ellos, no tienen organizada su área contable y administrativa, por lo que ahora les tocará empezar a serlo y a tener una persona que les lleve este proceso sin dar un paso en falso.
¿Qué pasará si incumplen esta obligación?
Para muchos podrá ser algo impuesto que no tienen que cumplir y es muy probable que otros opten por no hacerlo porque creerán que nadie lo va a notar, pero lo que SÍ es cierto es que las entidades que regulan estas obligaciones, tienen los ojos puestos en los tenderos y pequeños negociantes, así que no lo dejarán pasar.
Además de lo anterior, estarán sometidos a una serie de sanciones, como es el cierre del establecimiento y debido al artículo 657 del estatuto tributario, dicho cierre será por tres días y estarán sellados por la misma Dian. Adicionalmente, incurrirán en una sanción del uno por ciento (1%) del valor de las operaciones facturadas sin el cumplimiento de los requisitos legales, sin exceder de 950 Uvt.
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