CNE se apartó y deja en manos de la Registraduría la decisión sobre el comité presidencial de Daniel Quintero
El Consejo Nacional Electoral (CNE) trasladó a la Registraduría Nacional del Estado Civil la consulta sobre la procedencia del registro del grupo significativo de ciudadanos “Reset Total Contra el Narco y los Corruptos”, que busca inscribir al exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle como candida
El Consejo Nacional Electoral (CNE) trasladó a la Registraduría Nacional del Estado Civil la consulta sobre la procedencia del registro del grupo significativo de ciudadanos “Reset Total Contra el Narco y los Corruptos”, que busca inscribir al exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle como candidato a la Presidencia de la República en las elecciones de 2026.
La decisión fue comunicada a través del oficio CNE-S-2025-003285-OJ-500, fechado el 29 de octubre de 2025, y dirigido por el coordinador jurídico del CNE, Plinio Alarcón Buitrago, a la Registraduría Delegada en lo Electoral. En el documento se señala que el despacho del magistrado Álvaro Hernán Prada Artunduaga remitió el expediente identificado con el radicado CNE-E-DG-2025-025917, correspondiente a la consulta elevada por el registrador delegado en lo electoral, Jaime Hernando Suárez Bayona.
La consulta se centraba en “la procedencia o no de realizar el registro del grupo denominado ‘Reset Total Contra el Narco y los Corruptos’, quienes tienen la intención de postular al señor Daniel Quintero Calle… para las elecciones a la presidencia de la República”.
Tras revisar los artículos 120 y 264 de la Constitución Política, el artículo 5° del Decreto 1010 de 2000, el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución 6064 del 22 de mayo de 2025, el CNE concluyó que el asunto no es de su competencia, sino de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El documento cita expresamente que, según la norma vigente, “el comité debe registrarse ante el registrador nacional del estado civil o el registrador delegado en lo electoral”. En consecuencia, el Consejo Nacional Electoral resolvió “dar traslado por competencia de la petición indicada, en los términos del artículo 21 de la Ley 1437 de 2011”.
De esta manera, será la Registraduría Nacional la encargada de definir si procede o no el registro del comité “Reset Total Contra el Narco y los Corruptos”, promovido por Quintero Calle para recolectar firmas y avalar su eventual candidatura presidencial.
La decisión del CNE aclara que el organismo no tiene competencia directa sobre la inscripción de los comités promotores de grupos significativos de ciudadanos, función que recae, según el marco legal, en la autoridad registral.
Con ello, el futuro político de la aspiración de Daniel Quintero dependerá ahora de la posición que adopte la Registraduría Nacional del Estado Civil frente a la solicitud formal de registro del comité recolector de firmas.

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